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En entradas, del 28 de noviembre  2021: 

EL ROL DE LOS MEDIOS HEGEMÓNICOS...


SÍNTESIS de la DEMANDA penal contra Macri y otros

Anticipo: así fugaron 44.500 millones de dólares:

Capitales especulativos ingresaban dólares al país. Los transformaban en pesos. Con esos pesos compraban Lebacs (LEtras del BAnco Central) que el BCRA ofrecía con un plazo de tenencia mínimo de 36 días (¡NADA!) con un interés anual del 38%. La maniobra terminaba cuando estos tenedores de Lebacs las vendían (obteniendo una ganancia de un 10% en pocos días). Con los pesos obtenidos por esa venta compraban dólares (a precio oficial, de mercado, ya que no había restricciones, pues habían sido derogadas las medidas aplicadas durante el gobierno de CFK)


Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 5 en la causa nro. 3561/2019 (La demanda de la Oficina Anticorrupción es presentada en esta causa -3561/2019-, por la similitud y para evitar dilaciones)

“Macri, Mauricio y otros s/ defraudación por administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública”

 “Análisis de los procedimientos aplicados para la celebración del Acuerdo Stand By suscripto entre la República Argentina y el Fondo Monetario Internacional en 2018”;

"LA CONDUCTA DELICTIVA"

“…la conducta desplegada por los denunciados se enmarcó en el contexto de una política económica, monetaria y financiera que permitió generar ganancias extraordinarias mediante la colocación de letras en moneda nacional, de corto vencimiento, que pagaban una elevadísima tasa de interés, lo que atrajo cuantiosas inversiones especulativas de residentes y no residentes, que vendían la divisa norteamericana en la plaza local para hacerse de los pesos para acceder a dichos títulos (Lebacs), y así obtener enormes ganancias con el diferencial de la tasa (carry trade).” (Luego canjeaban las Lebacs, por dólares y los fugaban del país, obteniendo ingentes ganancias, a través de esa tasa diferencial).

Ya a principios de 2018: debido al “sobreendeudamiento” (…) “nuestro país perdió el financiamiento internacional privado en dólares…”

 “Sin crédito internacional y en virtual default (…) el proceso se aceleró, incrementando en modo tal la demanda de divisas que para sostener el mecanismo diseñado se solicitó un préstamo al Fondo Monetario Internacional”

 “…en tiempo récord, el 20 de junio de 2018 el FMI aprobó un nuevo empréstito, que fue destinado a solventar la formación de activos externos, en perjuicio del Estado Argentino y de todo el pueblo de la Nación…”

“…ex asesor Senior de Asuntos Internacionales del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos y actual Presidente del BID, Mauricio Clever Carone (…)” dijo: “La razón no era otra que ayudar a la reelección presidencial del por entonces Presidente de la Nación, Mauricio Macri…”

 “…resulta imperioso obtener, en el transcurso de la pesquisa, tanto el listado completo de las personas físicas y jurídicas beneficiadas por la maniobra ilícita, así como determinar el tipo de vinculación que pudieran mantener con los funcionarios denunciados…”

“…un puñado apretado de beneficiarios, es decir un universo hiperconcentrado, accedió a la divisa norteamericana…”

“Esta circunstancia exige averiguar si tal concentración es señal de concertación…” (acuerdos, información privilegiada…)

“Será necesario que en la pesquisa se solicite al Banco Central de la República Argentina qué fondos institucionales, personas jurídicas y físicas desarmaron sus posiciones en letras en pesos desde sesenta días antes del anuncio del acuerdo con el FMI…”.

 “Del mismo modo, pedirle que informe qué fondos institucionales, personas físicas y jurídicas, adquirieron dólares estadounidenses, desde el anuncio del acuerdo con el FMI (…) cuándo lo hicieron y por qué monto.

“Para tal fin, la señora jueza deberá relevar al BCRA del secreto previsto en su carta orgánica y en la la ley21.526, y ponerlas a disposición de esta Oficina Anticorrupción de la Presidencia de la Nación, para la continuación de la investigación que le compete, lo que desde ya se deja peticionado.”

"para concretar la finalidad espuria descripta, los imputados recurrieron a distintas conductas, las que se describirán a continuación":

  "LOS ANTECEDENTES Y EL COMIENZO DE LA MANIOBRA"

En este apartado, en la demanda se explaya cómo, quiénes y cuándo, fueron anulando y dictando normas para “La eliminación de los controles cambiarios…”

 

"Federico Adolfo Sturzenegger como presidente del Banco Central de la República (…) eliminó el sistema de interconsulta con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el requerimiento de conformidad previo del BCRA para operaciones por montos inferiores a los 2 millones de dólares.

“… el 4 de enero de 2017, el Ministro de Hacienda Nicolás Dujovne suscribió la Resolución 1-E/2017 que eliminó el plazo de estadía mínima que regulaba los movimientos transfronterizos.”

“De este modo, Dujovne eliminó la última restricción vigente al ingreso de capitales (especulativos) provenientes del exterior.”

“La desregulación facilitó el ingreso de fondos de inversión de corto plazo, beneficiados por la posibilidad  de invertir en letras del Banco Central.”

“Así nacieron las Lebacs, (…) verdaderas herramientas de especulación financiera…”

También “…se inició también un proceso de flexibilización en los plazos y obligaciones de liquidación de divisas en el mercado de cambios…”

 El 2 de noviembre de 2017 mediante el Decreto 893/17, el ex presidente de la Nación Mauricio Macri “eliminó la obligación que tenían los exportadores de negociar -en plazos perentorios- sus divisas en el mercado oficial de cambios.”

Así, “…el 10 de noviembre de 2017…” el BCRA “mediante la comunicación “A” 6363, eliminó la obligación de ingresar y liquidar las divisas provenientes de exportaciones de bienes.

“Bajo el nuevo régimen, los exportadores no se encontraban obligados a ingresar las divisas al país, al tiempo que se flexibilizaron sus posibilidades de financiamiento.”

“La decisión implicó debilitar un flujo estable de divisas genuinas, en detrimento del protagonismo que asumieron los flujos financieros especulativos. 

. "La modificación de los regímenes de información tendió a reducir el grado de desagregación de la información con la que contaba el BCRA para encarar sus tareas de fiscalización 

“… la comunicación “A” 5865, el Banco Central (…)  habilitó la inversión de no residentes en instrumentos de regulación monetaria (Lebacs), incorporando financiamiento de muy corto plazo para la acumulación de reservas internacionales."

“…el ingreso de capitales (especulativos) sobrecargó la utilización de los instrumentos de deuda del Banco Central.”

“En junio de 2018 el stock de Lebacs trepaba a la friolera de 1,2 billones de pesos, cifra que convertida a dólares alcanzaba a 46.153 millones de la divisa.”

“Dicho monto es prácticamente idéntico a la cifra del futuro empréstito que nuestro país contraería con el Fondo Monetario Internacional pocos días después.”

“La multiplicación geométrica del stock de Lebacs estaba íntimamente relacionada con las utilidades que generaban a sus tenedores.” 

El cierre parcial de los mercados de deuda para nuestro país transformó al préstamo del FMI en la fuente primordial del nuevo financiamiento durante el periodo comprendido entre mayo de 2018 y octubre de2019.

Para hacer el negocio aún más rentable, en mayo de 2016 la AFIP, entonces a cargo de Alberto Abad, emitió un comunicado que establecía que las Lebacs se consideraban títulos públicos, lo que implicaba que “para personas físicas, tanto la tenencia como el rendimiento de los títulos públicos, está(ba)n exentos del pago de Ganancias y Bienes Personales…”

Debido a esto “renuncia de Sturzenegger el 14 de junio de 2018…”  Luego renuncia su sucesor “Luis Caputo el 25 de septiembre de2018.” Ese mismo día asumió la presidencia del BCRA Guido Sandleris…”

 "Es necesario establecer quienes fueron los mayores titulares reales de Lebacs en el período 2016-2018, a fin de determinar si guardaban vinculación con los aquí imputados."

"Cuando hablamos de titulares reales nos referimos no ya a las entidades bancarias (que como vimos eran quienes detentaban la mayor concentración de Lebacs), sino a los beneficiarios finales: los clientes de dichas entidades que las adquirían mediante aquella."

"A tales fines también deberán levantarse los secretos bancarios y financieros."

 “Así las cosas, las divisas provenientes de la deuda externa (dólares) eran ingresadas al país y canjeadas por pesos. Dichos pesos fueron” transformados en Lebacs, que daban una alta rentabilidad; y, en corto plazo, esas letras eran canjeadas, nuevamente, por dólares que, inmediatamente, eran remitidos al exterior.

 De esta manera, el Gobierno emitía deuda en dólares para solventar sus necesidad fiscales y externas, al tiempo que el Banco Central emitía deuda (Lebacs) para neutralizar los efectos monetarios de la deuda del Tesoro.

"El país desarrollaba así una peculiar estrategia según la cual el Estado Nacional contraía deuda para compensar los efectos monetarios de sus propias emisiones de deuda."

“…luego del levantamiento de los controles cambiarios, desde diciembre de 2015 hasta abril de 2017, la FAE-SPNF (Formación de Activos Externos-Sector Privado No Financiero) fue de 17.658 millones de dólares. Si se excluye el “blanqueo de capitales” (…) el monto sería, en solamente un año y 5 meses, de USD 21.750 millones.” (A raíz de estas y otras medidas, diferentes estudios indican que la fuga de capitales, durante el gobierno de Macri-UCR-CC, fue superior a los 88.000 millones de dólares).

En esta parte, en la demanda, se explica la híper-concentración de los “beneficiarios”.

“Al desagregar los compradores de dólares según el tipo de operación, se observa la vuelta al mercado de los "grandes jugadores

“…puede verse como los 100 mayores compradores demandaron USD 24.679 millones entre diciembre de 2015 y octubre de 2019.”

Al considerar las operaciones realizadas en concepto de formación de activos externos por los mayores 10 compradores, sus operaciones alcanzaron en el período los USD7.945 millones.

También se verifica en ellos el grado de concentración de las compras netas dentro de las operaciones realizadas exclusivamente por personas humanas”: “sólo el 10% de quienes tuvieron una formación de activos externa neta positiva, concentró aproximadamente el 63,8% de las compras netas realizada por individuos (USD 47.006 millones).”

“Si por el contrario se considera únicamente el 1% de personas humanas con mayores compras netas, tan sólo 66.639 personas demandaron USD 16.206 millones en concepto de formación de activos externos (FAE), lo que representa el 22% del total.

“la persona humana que más dólares compró en el período de referencia realizó operaciones por la exuberante suma de USD 40,5 millones.” (Según BCRA)

OTRAS DEUDAS TOMADAS QUE SE CITAN EN LA DEMANDA

Durante el 2016, el gobierno nacional tomó deuda externa por 25.118 millones de dólares, de los cuales 12.119 millones de dólares fueron directamente destinados al pago de la sentencia a favor de los holdouts.

Por su parte, las provincias y el sector privado emitieron deuda por 12.643 millones de dólares. El proceso continuó, y en los primeros tres meses de 2017 se emitió deuda por 15.747 millones de dólares.

OTRAS CONSIDERACIONES

Entre mayo de 2018 y octubre 2019, del total pautado con el FMI se desembolsaron casi USD 44,5 mil millones.

“Estos fondos, junto a las reservas internacionales, abastecieron una fuga de capitales…”:

 sector privado: USD 45,1 mil millones…”

“…salida de capitales especulativos por USD 11,5 mil millones…”

Pago por “servicios de la deuda (pública y privada) por USD 36,9 mil millones…”

“No resulta casual sino causal la coincidencia de las sumas, en tanto los USD 44,5 mil millones obtenidos mediante el empréstito con el FMI resultan muy cercanos a los USD 45,1 mil millones fugados por capitales especulativos y los USD 46,1 mil millones de Lebacs emitidos a junio de 2018.”

“…las autoridades no optaron por ninguna otra medida que evitara la sobredemanda de dólares y la salida de estos de la plaza local, garantizando con su deliberada pasividad la toma de ganancias de los especuladores a expensas del patrimonio público…”

“…es la propia Constitución Nacional la que establece el principio, largamente reconocido por la jurisprudencia de que corresponde al Congreso Nacional “contraer ” y  “arreglar ” los empréstitos contraídos por la Nación






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