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SI BIEN NUNCA SE PUDO APLICAR LA LEY 26.422, de Servicios de Comunicación Audiovisual, el DECRETO MODIFICATORIO, pone en evidencia la sociedad entre la derecha neoliberal, los medios hegemónicos y el capital concentrado.

 

Decreto de Necesidad y Urgencia 267/2015

 

Acababa de asumir Macri (19 días), pero el DNU ya estaba redactado.

Impone modificaciones de tal magnitud que desarticula y cambia los principios rectores de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522 que, no obstante, y a pesar del aval de la SCJN, nunca pudo aplicarse; o se aplicó poco y mal. Da lugar a lo más cuestionado en el derecho comunicacional a nivel internacional: la MONOPOLIZACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, SIN DINTNCIÓN del tipo de prestación, ni de soportes.

 

LO MÁS DESTACADO DEL DNU MACRISTA

Inmediata ntervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)

Eliminación del artículo 158 y con esto, el vencimiento de licencias; todo queda en manos del Ministerio de Comunicaciones.

Faculta a los titulares a vender y/o transferir las licencias, al derogar el artículo 44. También implica la posibilidad de que capitales extranjeros compren licencias (Y ocurrió: por ejemplo, TELEFE)

Es decir, la comunicación audiovisual deja de ser un servicio y un derecho público, para transformarse en una mercancía más. En realidad, se convierte en un instrumento de intereses económicos concentrados y sus representantes políticos.

MODIFICA LOS límites a la titularidad de registros de señales: el artículo 17 amplía, de 10 a 15, las licencias de servicios audiovisuales permitidas

 

Deroga el artículo 48 de la LSCAS. Restablece la posibilidad de conformar redes de emisoras, de uno o más soportes tecnológicos y/o materiales.

Dicho de otra forma: se pueden conformar redes con prestadores de diferentes tipos y clases de productos. Un mismo propietario, sociedad, o grupo, puede tener: diarios, canales de televisión, radioemisoras, etc.

Esta práctica, que favorece la concentración monopólica u oligopólica, (por lo tanto, elimina toda posibilidad de pluralidad), está totalmente prohibida en casi todos los países “desarrollados”, porque bloquea toda posibilidad de pluralidad, tanto política, como cultural, de formatos y contenidos, etc.

Esto lleva implícito la concentración de contenidos y retransmisión a nivel nacional de producciones de CABA, en detrimento, de las producciones regionales, obligatorias en la Ley, en su estado anterior, con el consiguiente perjuicio a todos/as los actores/as involucrados/as en producciones regionales.

 

Deroga el artículo 40, que establecía la participación ciudadana, mediante audiencias, para la prórroga de licencias. (La verdad que esto es mucho pedir. Marcuse diría: “Una práctica histórica específica se mide contra sus propias alternativas históricas…”).

 

Deroga el artículo 73 que contenía, entre otros, el concepto de “abono social”.

La tv por cable es excluida de esta ley. Pasa a ser “regulada” por la ley TIC. Por lo tanto, dejan de ser reguladas, por ley, las grillas de programación. Así, los licenciatarios de cables dejan de tener la obligación de incorporar señales provinciales, locales, de universidades, etc.

Deroga el artículo 48. Esto implica que el Estado no podrá ejercer ningún tipo de control de los vínculos societarios, entre cadenas o grupos mediáticos y cualquier otra actividad (Por ejemplo, servicios de internet). Esto aniquila la desmonopolización establecida en la Ley, en su formato original. Además, da lugar a la poca transparencia en cuanto a la propiedad real de los medios. (Nadie sabe, con precisión, cuántos y cuáles son los medios que el Grupo Clarín opera en forma directa o a través de terceros. Hace unas semanas, encontré, en Wikipedia, que MDZ era parte del Grupo Clarín. Cuando volví a revisar esa página…, ya no lo era; increíble).

 

Esto es lo básico, lo que todos deberíamos saber. Pero ese Decreto va mucho más allá. Es minucioso. Ha sido elaborado por un grupo de abogados con mucha experiencia en legislación referida a medios de comunicación. Me animo a aventurar que, en ese grupo, además de los CEO de los grupos hegemónicos y abogados argentinos, han sido contratados expertos internacionales.

 

 

 Un desvarío sobre Marcuse: este pensador de haber nacido en Argentina hubiera sido peronista. Nació y murió en Alemania, 1898-1979. Vivió, parte de su vida, en EEUU; se le otorgó la ciudadanía. Fue uno de los grandes pensadores marxistas (marxismo no URSS) de la Escuela de Frankfurt; algunas de sus investigaciones fueron financiadas por la Fundación Rockefeller, entre otras.

 

 

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