SI BIEN
NUNCA SE PUDO APLICAR LA LEY 26.422, de Servicios de Comunicación Audiovisual,
el DECRETO MODIFICATORIO, pone en evidencia la sociedad entre la derecha
neoliberal, los medios hegemónicos y el capital concentrado.
Decreto de Necesidad y Urgencia 267/2015
Acababa de
asumir Macri (19 días), pero el DNU ya estaba redactado.
Impone
modificaciones de tal magnitud que desarticula y cambia los principios rectores
de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522 que, no obstante, y a
pesar del aval de la SCJN, nunca pudo aplicarse; o se aplicó poco y mal. Da
lugar a lo más cuestionado en el derecho comunicacional a nivel internacional:
la MONOPOLIZACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, SIN DINTNCIÓN del tipo de
prestación, ni de soportes.
LO MÁS DESTACADO DEL DNU
MACRISTA
Inmediata ntervención de la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual (AFSCA)
Eliminación del artículo
158 y con esto, el vencimiento de
licencias; todo queda en manos del Ministerio de Comunicaciones.
Faculta a los
titulares a vender y/o transferir las licencias, al derogar el
artículo 44. También implica la posibilidad de que capitales extranjeros
compren licencias (Y ocurrió: por ejemplo, TELEFE)
Es decir, la comunicación audiovisual deja de ser un servicio y un derecho
público, para transformarse en una mercancía más. En realidad, se convierte en un instrumento de intereses
económicos concentrados y sus representantes políticos.
MODIFICA
LOS límites a la titularidad de registros de
señales: el artículo 17 amplía, de 10 a 15, las licencias de servicios
audiovisuales permitidas
Deroga el
artículo 48 de la LSCAS. Restablece la posibilidad de conformar redes de emisoras, de
uno o más soportes tecnológicos y/o materiales.
Dicho de otra
forma: se pueden conformar redes con prestadores de diferentes tipos y clases
de productos. Un mismo propietario, sociedad, o grupo, puede tener: diarios,
canales de televisión, radioemisoras, etc.
Esta práctica,
que favorece
la concentración monopólica u oligopólica, (por lo tanto, elimina toda
posibilidad de pluralidad), está totalmente prohibida en casi todos los países “desarrollados”,
porque bloquea toda posibilidad de pluralidad, tanto política, como cultural,
de formatos y contenidos, etc.
Esto lleva
implícito la concentración de contenidos
y retransmisión a nivel nacional de producciones de CABA, en detrimento, de las
producciones regionales, obligatorias en la Ley, en su estado anterior, con
el consiguiente perjuicio a todos/as los actores/as involucrados/as en
producciones regionales.
Deroga el
artículo 40, que establecía la participación ciudadana, mediante audiencias,
para la prórroga de licencias. (La verdad que esto es mucho pedir. Marcuse
diría: “Una práctica histórica específica se mide contra sus propias
alternativas históricas…”).
Deroga el artículo 73 que contenía,
entre otros, el concepto de “abono
social”.
La tv por cable es excluida de esta ley. Pasa a ser “regulada”
por la ley TIC. Por lo tanto, dejan de ser reguladas, por ley, las grillas de
programación. Así, los licenciatarios de cables dejan de tener la obligación de
incorporar señales provinciales, locales, de universidades, etc.
Deroga el
artículo 48. Esto implica que el Estado
no podrá ejercer ningún tipo de control de los vínculos societarios, entre
cadenas o grupos mediáticos y cualquier otra actividad (Por ejemplo, servicios
de internet). Esto aniquila la
desmonopolización establecida en la Ley, en su formato original. Además, da lugar a la poca transparencia en
cuanto a la propiedad real de los medios. (Nadie sabe, con precisión,
cuántos y cuáles son los medios que el Grupo Clarín opera en forma directa o a
través de terceros. Hace unas semanas, encontré, en Wikipedia, que MDZ era
parte del Grupo Clarín. Cuando volví a revisar esa página…, ya no lo era;
increíble).
Esto es lo básico, lo que todos deberíamos saber.
Pero ese Decreto va mucho más
allá. Es minucioso. Ha sido elaborado por un grupo de abogados con mucha
experiencia en legislación referida a medios de comunicación. Me animo a
aventurar que, en ese grupo, además de los CEO de los grupos hegemónicos y
abogados argentinos, han sido contratados expertos internacionales.
Un desvarío sobre Marcuse: este pensador de
haber nacido en Argentina hubiera sido peronista. Nació y murió en Alemania,
1898-1979. Vivió, parte de su vida, en EEUU; se le otorgó la ciudadanía. Fue
uno de los grandes pensadores marxistas (marxismo no URSS) de la Escuela de
Frankfurt; algunas de sus investigaciones fueron financiadas por la Fundación
Rockefeller, entre otras.
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