EL MONTAJE DE LA PRIMERA INVESTIGACIÓN FALSA
En 1997, los fiscales E. Mullen y J.
Barbaccia INVITAN A NISMAN a incorporarse al equipo que investigaba la causa
AMIA.
En esta etapa la investigación se centró
en un grupo de policías bonaerenses, en supuesta complicidad con el vendedor de
autos Carlos Telleldín.
En septiembre de 2004 el Tribunal Oral
Federal 3 anuló todo el juicio, absolvió a los acusados y mandó a investigar al
juez Galeano, quien había pagado, a través de la SIDE, 400 mil dólares a
Telleldín, para que acusara por el atentado a un grupo de policías bonaerenses.
Los fiscales Mullen y Barbaccia fueron investigados y procesados. Extrañamente,
el tercer fiscal, Alberto Nisman, fue excluido de toda sospecha. Posiblemente,
porque “su función consistía en reunir información atinente a la cusa.”
COMIENZA UNA NUEVA ETAPA
En
2004, Nisman fue designado fiscal, al frente de la nueva UFI-AMIA, creada por
NK. Una fiscalía con la particularidad de investigar solo el atentado a la
AMIA, dotada de importantes recursos económicos y humanos.
La
designación del fiscal de esa unidad, Nisman, fue consensuado con las
asociaciones judías, en particular la DAIA.
La primera mentira de Nisman
Noviembre, 2005: Nisman, en conferencia
de prensa, anuncia que ha confirmado, la identidad del conductor suicida de la
Trafic que, supuestamente, produjo la voladura de la AMIA: Ibrahim Berro supuesto miembro de Hezbolá. En EEUU, según la versión
relatada por Nisman, los hermanos de Berro confirmaron el dato que Nisman tenía
desde 2.003, proporcionado por el jefe de Contrainteligencia de la SIDE, Jaime
Stiuso, quien había recibido esa información aportada por el Mossad en
colaboración con el FBI.
Al otro día, uno de los hermanos Berro,
Abbas, fue entrevistado por radio Continental. Contó que Nisman había inventado
una historia. “Yo les di una foto, ellos me mostraron otra, pero esa ya no sé
de quién es”. Su hermano Ibrahim había muerto en el sur de El Líbano a raíz de
un ataque israelí.
ASÍ COMENZABA A QUEDAR EN EVIDENCIA EL
VERDADERO NISMAN Y SU PRIMERA MENTIRA COMO FICAL DE LA UFI-AMIA
COMIENZA EL CAMINO HACIA SU MUERTE
·
¿Quién
le ordena a Nisman que regrese al país en forma urgente?
·
El
apurado retorno tiene diferentes hipótesis. Una es confirmada: en Europa recibe
información de inteligencia.
·
El
14 de enero presenta su demanda contra la Presidenta, el canciller Timerman, el
dirigente social Luis D´Elía y otros, ante la jueza federal Servini de Cubría,
quien reemplazaba al juez Ariel Lijo, que estaba de licencia. La jueza decide
no habilitar la feria para darle curso a la presentación de Nisman. Considera que
la demanda del fiscal de la UFI-AMIA, carece de elementos probatorios.
·
Ese
mismo día el juez Lijo interrumpe sus vacaciones con el fin de darle curso a la
denuncia de Nisman contra la Presidenta CFK, el canciller Timerman, Luis D´Elía
y otros, por presunto encubrimiento a los iraníes sindicados como responsables
del atentado contra la A.M.I.A.
·
Rápidamente
es convocado por la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados
para que el día 19 dé información sobre su denuncia. Es presionado por las diputadas Bullrich y Alonso
El 18 de enero, Nisman fue encontrado muerto.
·
Nadie
dudó, en ese momento, particularmente la fiscal FEIN, que se trató de un
suicidio. Pero la oposición y los MH, se encontraron, inesperadamente, con dos
situaciones fáciles de combinar:
Nisman
denuncia a CFK, Timerman, D´Elía y otros. Consecuencia:
Nisman es
asesinado.
·
Sin
quererlo se habían encontrado con el escenario ideal para desgastar al gobierno
de CFK.
CLAVES
PARA ENTENDER LA MUERTE DE NISMAN
1)
Alberto
Nisman tenía a su cargo la Unidad Fiscal creada exclusivamente para investigar
el atentado contra la AMIA (UFI-AMIA), en el 2004, por Néstor K.
2)
Esta
fiscalía estaba dotada de un presupuesto abundante y de todo el personal que
Nisman requiriera, incluido Antonio “Jaime” Stiuso, de la SI.
3)
La
investigación se dirigió exclusivamente hacia la pista iraní.
4) La embajada de EEUU le exige a Nisman que confine la
conexión interna (por ej. Menen), como así también la pista siria.
5)
La única opción que le queda a Nisman es
la pista iraní.
Esto
es confirmado por el periodista Santiago O’ Donnel, a través de cables de la
Emb. de EEUU, que le proporciona Assange, en enero de 2011.
Recibe un pendrive con 2.500 cables
“…lo
que más me llamó la atención fue la información referida al atentado en contra
de la AMIA y al fiscal de la causa, Alberto Nisman.” “…los Wikileaks mostraron
cómo los estadounidenses interfirieron en la investigación instruyendo
al fiscal que persiga a los iraníes y sólo a los iraníes y
recibiendo a cambio información privilegiada de la causa…”. Cada presentación
que Nisman aportaba a la causa pasaba, previamente, por la Embajada. Uno de los
cables da cuenta del rechazo de un escrito que Nisman llevaría al juzgado de
Canicoba Corral, que contaba de una carilla. Luego, es aceptado, pero
reformulado y con una extensión de cuatro carillas. (http://santiagoodonnell.blogspot.com.ar/)
6)
Lo
que aporta Stiuso, es lo único que espera y que tiene en cuenta el Fiscal.
7)
Silvestre,
en m1, muestra un video en el que se lo ve y escucha a Nisman hablar de Stiuso
con una fascinación…”
8)
En
la práctica, la investigación del caso AMIA la llevaba Stiuso. Nisman sólo le
daba formato legal.
9)
Stiuso
es un agente de inteligencia identificado con el sector de la SI alineado con
EEUU (Embajada–FBI–CIA).
10)
El
12 de enero Alberto Nisman regresa de sus vacaciones, desde
España.
Es
recibido por un agente de la SI enviado por Stiuso.
COMIENZA EL CAMINO HACIA SU MUERTE
1. ¿Quién le ordena a Nisman que regrese al
país en forma urgente?
2. Es posible que Stiuso, alguno de sus agentes,
o algún dirigente de la comunidad judía, le haya informado que lo removerían de
UFI-AMIA (esta posible remoción fue desmentida por diferente funcionarios)
3. El 14 de enero presenta, ante el juez
Lijo, una denuncia contra la Presidenta CFK, el canciller Timerman, Luis D´Elía
y otros, por presunto encubrimiento a los iraníes sindicados como responsables
del atentado contra la A.M.I.A.
4. El 15 de enero el fiscal Nisman es
convocado por la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados para
que el día 19 dé información sobre su denuncia. Es presionado por las
diputadas Bullrich y Alonso
El 18 de
enero, Nisman fue hallado muerto y la oposición se
encuentra, inesperadamente, con un escenario político que explota
descaradamente: tienen ante sí dos hechos formidables para desgastar al
gobierno de CFK:
Una
denuncia a la Presidenta, junto a otros, de encubrimiento del atentado a la
AMIA, al
querer levantar las ALERTAS ROJAS, de los sospechosos del
atentado. INTERPOL desmiente esto de manera
inmediata: su exdirector, Ronald Roble, públicamente dice: "...no sé por
qué miente el señor Nisman". Luego plasmará, por
escrito, la verdad sobre las ALERTAS ROJAS: "...el gobierno argentino
nunca pidió a INTERPOL el levantamiento de las Notificaciones ROJAS, todo lo
contrario...”
Los médicos forenses determinaron
un horario de muerte de entre 12 y 15 horas, es decir, que Nisman habría
muerto entre las 10 de la mañana y las 13 horas del domingo.
Los
medios de comunicación imponen una agenda temática con tres hipótesis:
homicidio, suicidio, inducción o instigación al suicidio, pero en los hechos, le
dan prioridad a la primera al insistir en la relación: denuncia a la
Presidenta-muerte del Fiscal.
Se
conoce que Diego Lagomarsino, secretario de confianza de Nisman, es quien le
entregó el arma que fue disparada.
El barrido electrónico en ambas manos de
Nisman y en el cuerpo da negativo. Esto de ninguna manera puede entenderse como
que el disparo no fue efectuado por el propio Nisman.
Un barrido electrónico de fulminante
puede dar negativo por diversas causas o por la combinación de algunas de
ellas:
· Las armas de bajo
calibre, como la .22, dejan poco material residual en las manos de quien la
acciona.
· La trayectoria de la
mano, al caer luego del disparo (en caso de suicidio), puede “limpiar” rastros.
· El periodista Ezequiel
Del Bianco (Perfil.com, 27/01/2015) consultó al científico del CONICET, Raúl
Bolmaro. De esa nota se desprende: todo disparo de arma deja restos de metales
pesados, pero no siempre pueden ser detectados. Bolmaro explica que hicieron
una experiencia de 50 disparos y que tomaron “muestras minutos después, y hasta
siete horas después”. Es decir, hasta siete horas después el resultado puede dar positivo, pero es menos
probable obtener ese resultado, una vez que transcurrió más tiempo. El cuerpo
de Nisman fue hallado entre diez y trece horas posteriores a su muerte. No
implica que esas horas sean coincidentes con el horario del disparo.
La misiva, vía
e-mail, de Ronald K. Noble al Canciller Timerman sobre las
“notificaciones rojas”
(16 de enero de 2015, dos días después de
la falsa denuncia de Nisman)
Estimado
Ministro Timerman,
Buen día.
Escribo para dejar en claro su posición y la del
Gobierno argentino en relación con las
notificaciones rojas de INTERPOL emitidas con relación al atentado terrorista
de 1994 contra la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) que mató a
85 personas e hirió a cientos más.
Mientras era Secretario General de INTERPOL, en cada ocasión que usted y yo hablamos
y nos vimos en relación con las notificaciones rojas de INTERPOL emitidas con
relación al caso AMIA, usted indicó que INTERPOL
debía mantener las notificaciones rojas en vigor. Su posición y la del Gobierno
argentino fueron consistentes y firmes.
Recuerdo específicamente cuando hablamos
por teléfono después de los informes de los medios de comunicación en Argentina
e Irán que falsamente indicaban que el Memorando de Entendimiento firmado entre
Argentina e Irán en enero de 2013 afectaba la validez de las notificaciones
rojas de INTERPOL. He dejado claro a usted oralmente y posteriormente por
escrito que INTERPOL dio la bienvenida a todos los esfuerzos de Argentina e
Irán para cooperar en el caso AMIA. Usted pidió que INTERPOL exprese por
escrito si las notificaciones rojas se mantenían sin cambios, válidas y
vigentes. El 13 de marzo de 2013, el Consejero General de INTERPOL declaró
inequívocamente por escrito que la validez y la situación de las
notificaciones rojas no se vieron afectados.
En
mayo de 2013, usted visitó la sede de INTERPOL para identificar formas en que
INTERPOL y Argentina podían reforzar su cooperación en materia policial. Una
vez más, usted trajo el tema de la AMIA y de las notificaciones rojas de
INTERPOL. Usted pidió que INTERPOL deje en claro que cualquier esfuerzo por
parte de Argentina e Irán para cooperar en el caso AMIA en formas concretas no
deberían afectar a la validez de las notificaciones rojas de INTERPOL. Usted ha
declarado expresamente que la presidenta de Argentina, Cristina Fernández de
Kirchner, usted como ministro de Relaciones Exteriores y todo el Gobierno
argentino se mantenían 100% comprometidos a que las notificaciones rojas de INTERPOL
permanezcan en efecto.
El
26 de noviembre de 2013 usted visitó la sede de INTERPOL y me informó a mí y a
INTERPOL sobre los últimos acontecimientos relacionados con la aplicación del
Memorándum de Entendimiento firmado entre Irán y Argentina en enero de 2013.
Usted reiteró que seguía sin cambios la posición del Gobierno argentino de que
las notificaciones rojas de INTERPOL debían permanecer en efecto, y que las
mismas debían permanecer válidas.
Por
último, el pasado noviembre de 2014 durante la Asamblea General de INTERPOL en
Mónaco, usted reafirmó que seguía inalterable su compromiso personal y el
compromiso del Gobierno argentino en el sentido de que las notificaciones rojas
de INTERPOL debían permanecer en efecto mientras que al mismo tiempo trataban
de hacer todo lo posiblepara asegurarse de que haya un progreso real en la
investigación en curso. Recuerdo con qué pasión habló una vez más de las
víctimas y sus seres queridos que han sufrido tan profundamente y que merecen
ver que la investigación avance y que los responsables de este ataque
terrorista mortal sean llevados ante la justicia.
Un cordial saludo,
Ronald K. Noble
Secretario General de INTERPOL
Desde noviembre de 2000 a noviembre de 2014
(Fuente: AJN; Agencia Judía de Noticias)
Los “papeles Nisman”
· Los documentos que Nisman
dejó firmados con fechas noviembre, 2014; y diciembre, 2015. Exalta las
actuaciones de Néstor Kirchner y de Cristina. El Memorando firmado con Irán es
“inidóneo”. La solución a la negativa de Irán a cooperar: pedir la captura a
través del Consejo de Seguridad de la ONU. Este documento, a diferencia del que
presenta, sí tiene características jurídicas, decisiones y acciones del Consejo
de Seguridad, similares a las que el Fiscal requiere. (Al final, de esta entrada
de blog, se puede encontrar una síntesis de ambos documentos: el que Nisman
presenta y el que es encontrado en la caja fuerte de la UFI-AMIA, en un
procedimiento ordenado por el juez Ariel Lijo)
P. Bullrich, no paró de recorrer medios hegemónicos
luego de la acusación contra el gobierno, y después de la muerte del ex fiscal.
Una frase suya, aunque descontextualizada, pero artera, recorrió los titulares
de los medios de comunicación, tanto gráficos, como audiovisuales: “Me
cuesta creer que la Presidenta haya ordenado que lo maten". La
misma idea estalló en las redes sociales, con diversas sintaxis y cambios
semánticos. El objetivo siempre el mismo: el gobierno de CFK asesinó al fiscal
que lo había denunciado.
¿Por qué Bullrich? La mejor síntesis la
da Stella Calloni: “Bullrich, quien habló varias veces con el fiscal
antes de su muerte, está vinculada a varias fundaciones estadounidenses
en Argentina, y de la misma manera la diputada Laura Alonso, destacadas
ambas por apoyar a los sectores más fundamentalistas de Estados Unidos contra
Cuba, Venezuela, Argentina o cualquiera de los países claves en la integración
latinoamericana.” (Argentina: la CIA y el Mossad
en un intento de “golpe blando” Stella Calloni, Red Voltaire)
EL PLAN DESESTABILIZADOR. DATOS
A TENER EN CUENTA:
· La denuncia de Nisman (de la que Bullrich
estaba al tanto) sería el pilar del plan desestabilizador, pues debilitaría al
gobierno, tanto en plano nacional como internacional.
· Y así sucedió. Luego de la falsa denuncia
de Nisman, CFK sufrió una importante erosión nacional e internacional. (“El 70%
de los argentinos cree que Nisman fue asesinado”, fueron títulos de
Infobae, La Nación, Grupo Clarín. En las redes sociales circuló que “el 70% de
los argentinos cree que Nisman fue asesinado por el gobierno”, o “por la
Presidenta”. (“Patricia Bullrich: ‘Me cuesta
creer que la Presidenta haya ordenado que lo maten")
· DE LAS ÚLTIMAS SESENTA COMUNICACIONES CON
NISMAN, VEINTE FUERON CON P. BULLRICH.
· “BULLRICH, QUIEN HABLÓ VARIAS VECES CON EL
FISCAL ANTES DE SU MUERTE, ESTÁ VINCULADA A VARIAS FUNDACIONES
ESTADOUNIDENSES EN ARGENTINA, Y DE LA MISMA MANERA LA DIPUTADA LAURA
ALONSO, DESTACADAS AMBAS POR APOYAR A LOS SECTORES MÁS FUNDAMENTALISTAS DE
ESTADOS UNIDOS CONTRA CUBA, VENEZUELA, ARGENTINA O CUALQUIERA DE LOS PAÍSES
CLAVES EN LA INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA.” (Argentina:
la CIA y el Mossad en un intento
de “golpe blando” Stella Calloni, Red
Voltaire)
· El contexto internacional
anti iraní, propiciado por Netanyahu y los senadores republicanos
norteamericanos. (Recordemos que la denuncia de Nisman es por encubrimiento a
supuestos terroristas iraníes)
· La supuesta participación
argentina en el plan de desarrollo nuclear de Irán, “triangulada a través de
Venezuela”, como titularon infinidad de veces, diversos medios.
· La creencia y certeza de
Bullrich (y compañía), del “fin de ciclo”, proclamada por todos los medios de
comunicación, particularmente por el Grupo Clarín.
· El estallido en
las redes sociales.
· Caos social, ya anunciado
a fines de 2014, por el periódico británico The Economist, y ampliamente
difundido, de diversas maneras, en los medios nacionales.
· Bullrich, seguramente,
imaginó una autoconvocatoria, que pondría en la calle a millares de argentinos.
(De alguna manera se dio en el llamado F18, aunque de ninguna forma
respondió a una escena de caos social. Además, los intentos de otra autoconvocatoria para
el 18M, fracasó).
· Bullrich supuso que tras
de la denuncia de Nisman, enardecerían la DAIA y la AMIA. Tampoco sucedió.
· Esperaba que las
centrales de trabajadores, especialmente la CGT de Moyano, convocara a medidas
de fuerza. Tampoco se dio. (Recordemos que luego de largos
enfrentamientos, Bullrich y Moyano proclamaron: “Mirá lo mal que está el país
para que nos tengamos que unir". Ver: “Patricia Bullrich y Moyano: del
enfrentamiento a la alianza” InfoNews, 28/01/2014. “Moyano le pidió a Patricia
Bullrich: ‘Nos tenemos que unir”, Es Noticia, 27/04/2013. “Consensos: Macri, Moyano y Barrionuevo dialogan y buscan
acuerdos”, Agenda
Política, 28/01/2014
· Los adeptos a UnoAmérica
comenzarían a operar en favor de la desestabilización, pues, como escribió
Agustín Laje, del Partido Liberal Libertario, adherente a UnoAmérica. (Nisman) “el
hombre que puso en jaque al kirchnerismo y, particularmente a Cristina
Fernández, hoy está muerto.”
· Entre los hombres que
movilizarían la red de UnoAmérica, sobresale uno: Guillermo Yanco, esposo de
Patricia Bullrichy referente nacional de la Red de Partidos que responde
directamente a UnoAmérica. Un hombre de bajo perfil mediático, pero con vastas
relaciones internacionales, vinculadas a las derechas latinoamericanas y
estadounidenses.
La explicación más
pedagógica de esta red de conspiradores (‘El reporte de
Nisman fracasa en avivar las llamas de conspiración’, Buenos Aires Herald), la
da Gabriel Fernández, Director de La Señal Medios / Área
Periodística Radio Grafica FM 89.3
(…)
“La organización es
UnoAmérica (Unión de Organizaciones Democráticas de América) y se creó en 2008;
su presidente es el venezolano Alejandro Peña Esclusa.
Tiene vínculos directos
con la Fundación Nacional para la Democracia, NED según sus siglas en inglés,
de quien recibe financiación. La NED es una entidad encubierta que sostiene la
CIA. Tanto UnoAmérica como NED han trabajado en América Latina tratando de
voltear gobiernos populares.
Patricia Bullrich está
casada con Guillermo Yanco, vicepresidente del Museo del Holocausto de la Argentina.
Es, además, presidente del Instituto de Estudios Argentinos (Idear) y miembro
de la Red de Partidos Políticos.
La Red es una
organización impulsada por el Instituto Nacional Demócrata para Asuntos
Internacionales ─National Democratic Institute (NDI) en inglés─ . Este
instituto fue creado en 1983 por el ala derecha del Partido Demócrata
norteamericano y a través de otras fundaciones tiene presencia en 50 países.
¿El último chiste de Nisman?
Al llegar a la página doscientos,
Nisman entiende que “corresponde analizar el rol y los aportes de cada uno de
los individuos antes mencionados, que tuvieron participación en el plan
criminal aquí denunciado.” No es otra cosa que una nueva seguidilla de repeticiones
ya repetidas en páginas anteriores. Así, comienza a analizar a cada uno de
los autores del “plan criminal”, asignándoles una letra, como se muestra a
continuación.
a) Cristina Elisabet
Fernández (pág.
200)
b) Héctor Marcos
Timerman
(pág. 210
c)
Luis Angel
D'Elía (pág. 219)
d)
Jorge Alejandro “Yussuf”
Khalil (pág. 235)
e) “Alian”
(pág. 244)
f) Femando Luis
Esteche (pág.
255)
g) Héctor Luis
Yrimia (pág.
262)
d) Andrés
Larrogue (pág. 266 a 270)
Es llamativo lo relativo a “Alian”, a
quien le dedica casi doce páginas; más que a CFK y que al Canciller Timerman.
Además, lo menciona más de 120 veces. Pero esto, anecdótico, quizá tenga alguna
explicación: tal vez se trate del chiste; probablemente corresponda decir la
burla, que quiso dejarnos Nisman (además de la acusación en su conjunto),
cuando en la pesquisa de “Alian” y para dar con su
identidad se convierte en Alberto Sherlock Nisman.
Comienza así:
“‘Alian’, miembro
de la Secretaría de Inteligencia. respecto de quien hay fuertes
indicios que su nombre verdadero sería Ramón Alian Héctor Bogado”.
Luego
afirma:
“En la ejecución del plan criminal”, (…) “cumplió un rol imprescindible.”
Es
“…funcionario de la Secretaría de Inteligencia.”, “…con llegada directa al
entorno presidencial…”, “…ha sido especialmente seleccionado para
instrumentar, materializar y llevar adelante los designios
criminales de la Sra. Presidente y del Sr. Canciller”. (El resaltado
me pertenece)
Seguidamente,
Nisman, dice que “corresponde dejar aclarado que ‘Alian’ podría tratarse del
Sr. Ramón Alian Héctor Bogado.” (…) “se pudo obtener la siguiente información:”
1) “Alian’ envió a Jorge
‘Yussuf’ Khalil, un mensaje de texto con su dirección personal de correo
electrónico: allanbogad@yahoo.com.ar...”
2) “En la red social
‘Sónico’ fue posible hallar una titularidad de cuenta que coincide con el
encabezamiento de la dirección de mail “allanbogad”, igual a la que envió ‘Alian’
a Khalil…”
3) “De una comunicación
telefónica surge que “Alian” sería oriundo de la Provincia de Misiones. En
efecto, en referencia al Senador Nacional por Misiones, Juan Manuel Irrazábal,
Khalil le dijo a ‘Alian’: “te vas a llevar bien con él porque es de tu
provincia”
4) “En publicaciones
necrológicas de un periódico de la Provincia de Misiones, que comunica el
deceso de ‘Alian Héctor Bogado’ -quien falleciera, según los datos obtenidos, a
los 78 años de edad-, se identifican a varios de sus familiares y allegados. Su
nombre, casi homónimo de la persona de interés en esta pesquisa, permite
presumir -a priori- cierta vinculación familiar entre ambos,
reforzando la hipótesis que el contacto de Khalil, ‘Alian’ de Misiones, podría
ser ‘Ramón Héctor Alian Bogado…”
5) “En el mismo periódico
misionero se observan fotografías que ilustran a un hombre de mediana edad, a
quien se identifica como ‘Alian Bogado’. En la fotografía se encuentra
acompañado de otras personas, cuyos nombres coinciden con algunos de los
contactos de la cuenta ‘allanbogad’ de la red social ‘Sónico’ y con varios de
los deudos del fallecido ‘Alian Héctor Bogado”
“En
base a todos estos indicios es dable sospechar que
‘Ramón Alian Héctor Bogado’ podría ser la identidad del contacto de
Khalil nombrado en las comunicaciones telefónicas como “Alian”, sin
perjuicio de lo cual, naturalmente, se trata de una circunstancia más a ser
corroborada por el magistrado interviniente en el marco de los hechos aquí
denunciados.” (El resaltado me pertenece)
¿Hace falta opinar sobre la seriedad de
Nisman?
SEAMOS
SERIOS, DIGAMOS LA VERDAD, ¿quién era Alian en ese momento?:
“Alian” ya tenía en su haber, al hacerse pasar como agente de
inteligencia, al menos, dos causas penales: una por tráfico de
influencias, y otra por extorsión. ¿Verdaderamente Nisman no lo sabía? ¿Y
Stiuso?, su mano derecha. Esto, teniendo en cuenta que mucho antes
de la (im) presentación de Nisman, Bogado
ya era considerado, en el mundillo de ciertos estratos judiciales y de inteligencia, “un truhán, un
embaucador que de ningún modo puede siquiera tomarse en serio.” (En
palabras del juez federal Daniel Rafecas).
LO QUE NISMAN NOS DEJÓ:
UNA ACUSACIÓN FALSA, PARA
LO CUAL RECURRIÓ A LA REITERACIÓN Y NECESITÓ:
Hablar
de “plan”, “plan”
“delictivo”, “plan criminal”, “plan de impunidad”, “confabulación criminal”,
“plan de encubrimiento”, MÁS DE 320 VECES;
mencionar “NOTIFICACIONES ROJAS” MÁS DE 140/VECES…
CITAR
AL DIARIO LA NACIÓN: MÁS DE 50 VECES; Perfil: 53 veces; CLARÍN:
34 VECES.
Citar SU PRINCIPAL “PRUEBA”,
DOS NOTAS PERIODÍSTICAS DE ELIASCHEV, CERCA DE 40 VECES: “(Eliaschev, Pepe, “Argentina negocia con Irán dejar de
lado la investigación de los atentados”, Diario Perfil, 26/03/2011…”
“(… Eliaschev, “Polémica en torno a la negociación secreta entre Argentina e
Irán”, Diario Perfil, 2/4/2011…)
Mencionar
al farsante Alian Bogado, 123 veces; y al
supuesto agente iraní,
Khalil, 326 veces
Hablar de una “falsa hipótesis” que incrimine a terceros inocentes, pero -fundamentalmente-
desincrimine a los iraníes…”, más de 70 veces.
NISMAN SE BURLÓ DE LOS 85
MUERTOS, los heridos y los familiares del atentado contra la AMIA y, por
consiguiente, de todos los argentinos, durante más diez años sin hacer
absolutamente nada. (Exceptuando las fiestitas, los viajecitos, los placeres,
las cajas de seguridad, las cuentas en bancos y financieras, las
propiedades…)
El comienzo de LA OPERACIÓN
MEDIÁTICA
Por supuesto, no podían decirlo de manera directa:
“Nisman FUE ASESINADO porque denunció a la Presidenta”. Pero lo dijeron de otro
modo. Clarín, segunda edición, del 19 de enero
tituló:
Ø “Conmoción política:
encuentran muerto al fiscal Nisman.
Con lo de “conmoción política”, hubiese alcanzado para
incriminar indirectamente al gobierno. Sin embargo, debían
ser un poco más explícitos, por eso en la
volanta se pudo leer: “Había acusado a la Presidenta de encubrir a Irán por la AMIA”
Por su parte La Nación tituló
así:
Ø “Estupor y protestas por la
muerte del fiscal que denunció a la Presidenta”. (La Nación
19/01/15)
Luego
vino una catarata de notas y noticias sobre
el caso Nisman. Según DsD.com (Diario sobre Diarios), la
punta la ganó La Nación,
que mantuvo el tema en tapa
durante 31 días consecutivos (DsD, muestra la imagen de las tapas). En el ranking, le
siguió Clarín. Siempre o casi siempre con la misma fórmula:
Murió Nisman + Fue quien
acusó a la Presidenta = (inferencia) el gobierno lo mató.
Y siguieron, siempre mezclando la muerte
del ex fiscal con su inverosímil acusación, pues el azar les había puesto en
sus manos un diamante, un
instrumento impensado, antes del 18 de enero, para arremeter contra CFK
y todo el gobierno:
ü Incógnitas que
rodean a la muerte del fiscal Nisman (Clarín.com, 20/01/15). Si hay
incógnitas es porque hay algo raro, si hay algo raro es porque el gobierno…
ü La oposición argentina interpelará al Secretario de Seguridad por
la muerte de Nisman (EFE, en lainformacion.com, 20/01/15). Si va a
ser interpelado el
Secretario de Seguridad del gobierno, es porque el gobierno…
Y así, sucesivamente con todos los
títulos:
ü La prensa extranjera sigue atenta el caso
Nisman (Clarín.com, 21/01/15)
ü El 70
por ciento de los argentinos cree que el fiscal Nisman fue asesinado, dice un sondeo (EFE, en
lainformacion.com, 21/01/15)
ü La
enigmática muerte del fiscal Alberto Nisman… (Clarín, 22/01/15)
ü Siguen las pesquisas del caso Nisman mientras
crece el escándalo político en
Argentina (EFE, en lainformacion.com, 24/01/15)
ü Caso Nisman: claves y dudas de una
investigación que mantiene en vilo a todos (La Nación,
27/01/15)
ü El caso Nisman y el lado clandestino del Estado (Clarín,
27/01/15)
ü Para la oposición, buscan "tapar" el caso Nisman (La
Nación, 29/01/15)
ü Caso Nisman: un informe
forense descartaría que haya sido
un suicidio (Clarín, 16/02/15)
ü El mundo contra ella: se derrumba la imagen global de
Cristina. (La Nación, 28/02/15)
ü Masivo llamado en todo el mundo para manifestar el 18F (Clarín, 13/02/15)
ü Enigmas y sospechas detrás del caso Nisman (11/03/15, El Día)
ü La Justicia y el Gobierno, a la luz del caso Nisman (Clarín,
16/03/15)
ü Guía interactiva para leer la denuncia de Nisman (La
Nación.com, 01/04/15)
ü La fiscal criticada por
Cristina por cadena nacional insistió: "A Nisman lo mataron” (Clarín, 02/04/15)
FESTIVAL DE TITULARES
PERIODÍSTICOS
ENERO (Algunos ejemplos)
ü Conmoción política: encuentran muerto
al fiscal Nisman. (Clarín, 19/01/15)
ü Estupor y protestas por la muerte del
fiscal que denunció a la presidenta (La Nación, 19/01/15)
ü La muerte del fiscal Alberto Nisman, en
las portadas de los diarios del mundo. (La Nación 20/01/15)
ü Sergio Berni: "No entré al baño y
no dejé que entrara a nadie” (Clarín, 20/01/15)
ü La prensa iraní se acoge a la teoría de Cristina
sobre el "suicidio" de Nisman (Clarín, 20/01/15)
ü El fiscal Sáenz denunció amenazas: “Vas a terminar como Nisman",
(Clarín, 20/01/15)
ü Allanaron las oficinas del fiscal
Alberto Nisman y ahora la jueza está en su departamento (Clarín.com, 20/01/15)
ü Incógnitas que rodean a la muerte del
fiscal Nisman (Clarín.com, 20/01/15)
ü Nuevo peritaje al arma que causó la
muerte de Nisman (Clarín, 20/01/15)
ü La ex mujer de Nisman habló con la
fiscal: "No puedo hacer conjeturas” (Clarín.com, 20/01/15)
ü La oposición argentina interpelará al
Secretario de Seguridad por la muerte de Nisman (EFE, en lainformacion.com,
20/01/15)
ü Harán un nuevo disparo con el arma que
mató a Alberto Nisman para determinar si deja o no rastros de explosivos (La
Nación, 21/01/15)
ü La prensa extranjera
sigue atenta el caso Nisman (Clarín.com, 21/01/15)
ü El 70 por ciento de los argentinos cree
que el fiscal Nisman fue asesinado, dice un sondeo (EFE, en lainformacion.com,
21/01/15)
ü El caso Nisman y el nuevo trípode de la
causa AMIA (Clarín, 22/01/15)
ü La enigmática muerte del fiscal Alberto
Nisman… (Clarín, 22/01/15)
ü Siguen las pesquisas del caso Nisman
mientras crece el escándalo político en Argentina (EFE, en
lainformacion.com, 24/01/15)
ü La oposición pide una bicameral para
investigar el caso Nisman (El País, 25/01/15)
ü El periodista argentino supuestamente
amenazado dice "estar a salvo en Tel Aviv" (EFE, en
lainformacion.com, 25/01/15)
ü Caso Nisman: claves y dudas de una
investigación que mantiene en vilo a todos (La Nación, 27/01/15)
ü Un repaso por los puntos por resolver
en el caso de la muerte del fiscal a cargo de la causa AMIA (La Nación,
27/01/15).
ü El caso Nisman y el lado
clandestino del Estado (Clarín, 27/01/15)
ü Para la jueza del caso
Nisman, es "llamativo" el seguimiento de cámaras en el aeropuerto (Infobae, 28/01/15).
ü Caso Nisman: una por
una, las 20 medidas de prueba que pidió la jueza (Cronista. Com., 28/01/15)
ü Para la oposición, buscan
"tapar" el caso Nisman (La Nación, 29/01/15)
ü FEBRERO
ü Caso Nisman: un informe forense
descartaría que haya sido un suicidio (Clarín, 16/02/15)
ü Una testigo clave afirma que en la casa
de Nisman no se cuidaron las pruebas (Clarín, 17/02/15)
ü La testigo del 'caso Nisman' se desdice de sus denuncias por la recogida
de pruebas (21/02/15, La Rioja.Com)
ü El mundo contra ella: se derrumba la imagen global de
Cristina. (La Nación, 28/02/15)
ü Masivo llamado en todo el mundo para manifestar el 18F (Clarín, 13/02/15)
ü MARZO
ü Los teléfonos de Nisman revelan
que trabajó hasta el final (Clarín, 04/03/15)
ü Enigmas y sospechas detrás del caso
Nisman (11/03/15,
El Día)
ü Para los peritos de la familia, Nisman
estaba de rodillas al recibir el tiro. (La Nación, 12/03/15)
ü La Justicia y el Gobierno, a la luz del
caso Nisman (Clarín, 16/03/15)
ü Lagomarsino admitirá
ante la Justicia que compartía una cuenta con Nisman (17/03/15) Según Lagomarsino, Nisman se quedaba
con la mitad de su salario (La Nación, jueves, 19/3/15)
ü Excluyeron del caso Nisman al perito
aportado por la fiscal Fein (20/03/15, Ámbito.com)
ü Caso Nisman: anularon
la designación del perito que fue recusado por Arroyo Salgado (Infobae, 20/03/15)
ü Prueger, el perito recusado, presentó
documentación para que lo ratifiquen en la causa por la muerte de Nisman (La
Nación.com, 25/03/15)
ü Crece la desconfianza entre la ex
esposa de Nisman, Lagomarsino y los investigadores del caso (Infobae, 29/03/15)
ü Caso Nisman: sin junta médica la jueza
analiza la recusación de Fein (La voz, 30/3/15)
ü Guía interactiva para leer la denuncia de Nisman
(La Nación.com, 01/04/15)
ü Mientras espera la recusación, Fein
ordenó otra inspección en el departamento de Nisman (Perfil.com, 01/04/15)
ü La fiscal criticada por Cristina por
cadena nacional insistió: "A Nisman lo mataron” (Clarín,
02/04/15)
ü El abogado de
Lagomarsino acusó a Arroyo Salgado de “ignorancia jurídica” (TN, 04/04 /15)
ü Caso Nisman:
analizarán la recusación presentada contra la fiscal Fein (Infobae, 05/04/15)
ü Caso Nisman: Arroyo
Salgado y Fein, frente a frente en una audiencia (TN, 7/04/15)
ü Enemigas íntimas cara a cara: un cruce tenso pero
respetuoso (Clarín, 08/04/15)
ü El abogado de Lagomarsino, durísimo con
Arroyo Salgado (Clarín, 9/4/15)
ü ü Herencia Nisman El
expediente de la plata negra (10/04/2015, Perfil.com, anticipando tapa
de Rev. Noticias)
ü La fiscal Viviana Fein pidió formalmente
el envío a Estados Unidos de un exhorto por la cuenta de Nisman (La Nación,
10/04/15)
ü Fein pidió que
Cancillería solicite a EEUU datos de una cuenta bancaria de Nisman (TN.com 10/ 04/15)
ü Gils Carbó respaldó a
la fiscal Fein y dijo que trabaja "con objetividad y seriedad" (TN, 10/04/15)
ü Después de ser ratificada en la causa,
Fein recibió el respaldo de Gils Carbó (Clarín 10/4/15)
La primera
desestimación: Juez Daniel Rafecas.
Elisa Carrió en
Twitter: "la resolución de
Rafecas da asco moral y denota el mutuo pacto de impunidad que selló con la
Presidente".
"Está claro que
Rafecas vendió su alma al diablo. Que Dios lo perdone y los Tribunales se lo
demanden. Será Justicia.”
La segunda desestimación: esta vez de un tribunal
superior: Sala I, Cámara Federal
“La segunda muerte del
fiscal Nisman” (La Nación, 22/03)
La tercera desestimación: fiscal Javier De Luca
ü El ex fiscal Lanusse alerta sobre el futuro de la denuncia de Nisman (Clarín,
7/04/15)
ü Empezó
el turno de De Luca y se
perfecciona el plan para desestimar la denuncia de Nisman (Infobae, 15/04)
ü La denuncia de Nisman contra Cristina, a cargo de un fiscal oficialista (La
Nación 17/04)
ü Las 11 consideraciones del fiscal K para desestimar la denuncia de Nisman contra
Cristina (Clarín 20/04)
ü El dictamen del fisKal De Luca… (Urgente24, 20/04)
ü De
Luca desestimó la apelación y se cayó la denuncia de Nisman contra la
Presidente (Infobae, 20/04)
ü El fiscal de la Cámara Federal de Casación Penal, perteneciente a la agrupación Justicia
Legitima… (Infobae, 20/04)
ü El fiscal De Luca abandonó la denuncia de Nisman (Clarín.com, 21/04).
Disparates
destacados: Carrió, G Lanata
Operación
Nisman, la comedia
Elisa Carrió
Caso Nisman: "Les
digo a Milani y a Aníbal Fernández que no me toquen", advirtió
Carrió (Perfil, 17/04/)
(De Luca) “…ya es
cómplice de un asesinato y de encubrimiento de una causa. Porque cuando alguien
muere por una causa, y esa causa la cierra, usted es un perverso. Es la
perversión de Cristina Kirchner".
“Cuando me di
cuenta que todos estaban buscando saber si se había suicidado o había
muerto dije que estaba claro que fue un atentado.”
"La muerte de
Nisman fue un atentado terrorista, sea suicidio inducido o
asesinato. Los sicarios matan de cualquier manera.”
“El atentado es
inteligencia iraní, con conexión local, zona liberada, donde claramente
actuaron César Milani y Aníbal Fernández".
“Los asesinos actuaron en complicidad con
personal de la empresa que custodiaba el domicilio de Nisman.”
Carrió
sobre la muerte de Nisman: "El Gobierno sabe que yo sé cómo fue" (Clarín, 20/04)
La
diputada habló por TN y afirmó que continuaba amenazada porque "el
Gobierno sabe que yo sé cómo fue" la muerte del fiscal Alberto Nisman.
"Prefiero que me maten a ser víctima porque me falta un
brazo, soy libre y voy a decir la verdad".
"Yo estoy de vacaciones. Un poco
amenazada, pero de vacaciones.” (TN)
Mariano Grondona La comedia
“…la figura de Nisman se había descarnado,
se había "idealizado", se había convertido en un símbolo de aquello a
lo cual aspiran muchos argentinos. Fue en vano, por lo tanto, que trataran de
ensuciar su imagen diciendo que era un mujeriego o hasta un libertino, ya
que la figura del fiscal había
ascendido hasta la cima de la consagración popular, hasta volverse
prácticamente inalcanzable.”
“La idealización de una
persona, su transformación en símbolo cívico, es en cierta forma paralela a lo
que la Iglesia realiza hace dos mil años a través de los procesos de
beatificación. Una vez que alguien es declarado beato, es
expuesto a la veneración de la comunidad y pasa a ocupar un lugar eminente,
indiscutido y ejemplar.”
“Si la sociedad se
encuentra en tal caso ante una figura señera, todo lo que debe hacer respecto
de ella es admirarla e imitarla. Si la figura así
idealizada muere además en forma violenta en circunstancias ligadas a su
vocación, si suma además el admirable papel del mártir, en tal caso su
testimonio se refuerza hasta
convertirse en legendario.”
“Por
todo lo dicho, y al margen de mil detalles que ahora, a la vista de su
consagración, se convierten en secundarios, la imagen del fiscal Nisman ha sido
elevada hasta el altar de la admiración popular.” (La Nación, 9/04) (Los resaltados son míos)
Jorge Lanata La
comedia
Lanata en radio Mitre, hablando con
Longobardi:
“Diez
años haciendo una investigación, la terminó, escribió un fallo (SIC), el día
que tenía que argumentar el fallo se mata, ¿vos decís que se mató? Yo realmente
no lo puedo creer. Lo puede haber matado Stiuso, lo puede haber matado un grupo
árabe, lo puede haber matado el gobierno. No hay muchas posibilidades más, hay
tres. Quien lo mató pensó que el costo era menor, al de la revelación que iba
hacer (Nisman) en el Congreso. El más complicado es el gobierno.”
Lanata en España. Programa televisivo Más
Vale tarde:
“La gente está completamente convencida que
a Nisman lo mataron. Es la noticia deseada (se refiere a la gente) La gente va
a creer siempre que lo mataron.”
“Había una embajada paralela.”
“Argentina hacía negocios. Gente vinculada
al gobierno hacía negocios. Entonces, qué le daban a los iraníes, le ofrecen
impunidad con respecto a la AMIA.”
“Ustedes hagan negocios con nosotros,
nosotros les perdonamos los cargos.”
Te puedo decir a ti…
Si tú (SIC) ves las encuestas la gente cree
que nunca se va a saber la verdad.
Mira el vicepresidente está procesado…
Comunicado de Amnistía
Internacional en referencia al Memorando de Entendimiento entre Argentina
e Irán:
Párrafos destacados
"El acuerdo entre
Argentina e Irán se presenta como una oportunidad para reactivar la causa
judicial sobre el atentado de 1994 a la Asociación Mutual Israelita Argentina
(AMIA), actualmente estancada, al posibilitar la realización de los
interrogatorios pendientes.”
“La comisión de la verdad
que ambos países proponen crear podría ser una contribución positiva, aunque no debe
reemplazar los procedimientos judiciales. Argentina e Irán deben garantizar la
independencia de esa comisión.”
El memorándum de
entendimiento parece indicar la voluntad de ambos países de que se avance en la
causa del atentado a la AMIA, que dejó 85 muertos, al permitir que se
lleven adelante actos judiciales pendientes. Aunque de ninguna manera garantiza
el éxito en la investigación, crea una oportunidad de avanzar hacia la justicia
y reparación para las víctimas. Las indagatorias son actos de máxima
importancia, imprescindibles para que pueda elevarse la causa a juicio oral y
para dictar sentencia.
Si después de los
interrogatorios las autoridades judiciales argentinas entienden que la
evidencia es suficiente para procesar a los sospechosos y ordenar su arresto,
Irán debe garantizar el cumplimiento de los pedidos de extradición, a menos que decida
investigar el caso a través de su propio sistema judicial, en un juicio
imparcial que no contemple la posibilidad de pena de muerte. Así surge del
deber de cooperar en el arresto, extradición y castigo de personas acusadas por
crímenes de derecho internacional o graves violaciones a los derechos humanos.
Amnistía Internacional no
toma posición acerca de los fundamentos de los cargos realizados por un juez
argentino contra ocho ciudadanos iraníes y un libanés por su supuesta
responsabilidad en el ataque de 1994 contra la AMIA".
Comunicado de prensa de
INTERPOL (30 de mayo 2013)
Síntesis:
LYON, Francia – La cooperación entre
Argentina y la red policial mundial de Interpol contra la delincuencia
organizada transnacional encabezó la agenda durante una reunión celebrada hoy
entre el Ministro de Relaciones Exteriores Héctor Timerman y el Secretario
General de Interpol, Ronald K. Noble.
(…)
También
se trató en la reunión el caso del atentado terrorista de 1994 a la Asociación
Mutual Israelita Argentina (AMIA) en Buenos Aires en el que murieron 85
personas, luego de la firma de un
Memorando de Entendimiento en enero de 2013 entre Argentina e Irán
El
Sr. Noble reafirmó la posición de la Organización con respecto a las
notificaciones rojas relacionadas con el caso. En una carta dirigida al
Ministro argentino de fecha 15 de marzo de 2013, el Consejero General de
Interpol indicó que el referido Memorando de Entendimiento no implica ningún
cambio en el estado de las alertas rojas mencionadas. Además,
el Sr. Noble aprovechó la oportunidad para expresar su beneplácito por los
últimos avances en la cooperación entre ambos países con el fin de resolver el
caso AMIA.
El
Sr. Noble reiteró su compromiso de facilitar cualquier tema relacionado con el
caso, si se lo solicitan, señalando sus anteriores misiones a Irán
y Argentina con el fin de ayudar a ambos países en la resolución del caso a
través de la diplomacia.
En
cuanto a Irán, el Sr. Noble dio la bienvenida a la cooperación positiva entre
INTERPOL y la República Islámica en varios ámbitos, y expresó su confianza en la
buena voluntad y la capacidad de las autoridades iraníes para concluir el
proceso en curso para beneficio de ambas partes.
“El reporte de Nisman fracasa
en avivar las llamas de conspiración” (Buenos Aires Herald)
Nisman tenía tres documentos preparados para
presentar en relación a la causa AMIA. Dos de ellos, muy similares y de carácter jurídico. Los
diferenciaba sólo un puñado de palabras, ya que uno era para el caso en que
Irán aprobara el Memorando de Entendimiento y el otro para el caso en que ello
no ocurriera. La esencia de este documento se encuentra
en la página 52: “… se
solicitará al Poder Ejecutivo nacional que, por medio de los canales
correspondientes, requiera al Consejo de Seguridad que active los mecanismos
compulsivos que a tal efecto le confiere el Capítulo VII de la Carta de las
Naciones Unidas y conmine a la República Islámica de Irán a que detenga para su
sometimiento a juicio a quienes son considerados sospechosos de haber cometido
un grave atentado terrorista que ha sido calificado como crimen
de lesa humanidad y que se ha cobrado la vida de 85 personas y ha lesionado,
cuanto menos, a otras 151.” El segundo
documento tiene, también en la pág. 52, el mismo pedido. Sólo que, además de
esbozar una crítica al Memorando de Entendimiento, aclara que, dicho acuerdo no
fue aprobado por Irán (consultar en archivos de blog Los papeles Nisman).
En ambos casos hace una apología del accionar del presidente Néstor Kirchner y
de CFK, en los fueros internacionales, en relación a la causa AMIA. Pero no
presenta ninguno de estos documentos, que había dejado firmados con fechas de
diciembre de 2014 y enero de 2015. A cambio, eleva ante el juez Ariel Lijo, un
escrito de características definidamente políticas, más allá del formato
protocolar jurídico. Recordemos la acusación:
Sr. Juez Federal Dr. Ariel O. Lijo:
Prototipo de formalidad judicial:
presentación ante el juez Ariel Lijo.
I.- Objeto
…vengo a denunciar la
existencia de un plan delictivo destinado a dotar de impunidad a los imputados
de nacionalidad iraní acusados en dicha causa, para que eludan la investigación
y se sustraigan de la acción de la justicia argentina, con competencia en el
caso.
…esta confabulación ha sido orquestada por la cabeza del
Poder Ejecutivo Nacional, Dra.
Cristina Elisabet Fernández de Kirchner e
instrumentada, principalmente, por el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
de la Nación, Sr. Héctor Marcos Timerman.
…intervención activa en el plan encubridor
de varios sujetos: Luis Angel D’Elía, Femando Luis Esteche, Jorge
Alejandro “Yussuf’ Khalil, el Diputado Nacional Andrés Larroque, el Dr. Héctor
Luis Yrimia y un individuo identificado como “Alian”, se trataría del Sr. Ramón
Alian Héctor Bogado.
Introducción
…sofisticado plan delictivo,
deliberadamente ideado para encubrir y dotar de impunidad a los acusados
iraníes. Supuestas causas: urgencia energética; restablecer plenas relaciones
comerciales a nivel estatal, ligados a una visión geopolítica de acercamiento
con la República Islámica de Irán
Plan de Cristina Elisabet Fernández, “con la
necesaria e inestimable participación y colaboración de Héctor Timerman”, para
llevar adelante el supuesto plan de impunidad, “sacrificando la justicia en el
caso AMIA”.
“Activa participación criminal de terceros
en la maniobra, entre los que cabe mencionar a Luis Ángel D’Elía; a Jorge
Alejandro “Yussuf’ Khalil, al Diputado Nacional Andrés Larroque, a Fernando
Esteche, al ex Fiscal Héctor Luis Yrimia”.
El plan “incluyó negociaciones secretas y
públicas con los iraníes, “durante las cuales se acordó dar de baja las
notificaciones rojas de Interpol”.
…“dichas tratativas desembocaron en la
firma de un Memorando de Entendimiento” que incluía la formación de la
“Comisión de la Verdad”, cuyas conclusiones “ya se encontraban previamente
arregladas entre los signatarios”.
“el acuerdo fue la excusa que esgrimieron
las partes para solicitar a Interpol que diera de baja las notificaciones
rojas”.
El Canciller… “Desde su función, transmitió
a Irán la decisión del gobierno argentino de abandonar el reclamo de justicia
en la causa AMIA; acordó la baja de las notificaciones rojas…”
En “enero de 2011, Héctor Timerman viajó a
la ciudad siria de Alepo.
Se pergeñó “la desviación de la
investigación hacia una nueva y falsa hipótesis que incrimine a terceros
inocentes, pero -fundamentalmente- desincrimine a los iraníes”.
“el Memorando de Entendimiento (fue)
firmado el 27 de enero de 2013 en
Etiopía.
Luis D’Elía… “ Funcionó como el
interlocutor oculto de las autoridades gubernamentales argentinas y operó como
transmisor y receptor de los mensajes clandestinos a la contraparte iraní”
“Alian”, “responde a la Secretaría de
Inteligencia de Presidencia de la Nación. Se trata de una persona con acceso al
entorno presidencial, que cuenta con información privilegiada -incluso sobre la
salud de la Sra. Presidente”
I. - Aclaración
previa sobre la prueba:
Los elementos probatorios que sirven de
sustento para radicar la presente denuncia son, algunos de ellos, de acceso
público… (Se refiere a las notas periodísticas)
Otros “producto de intervenciones
telefónicas que las evidencias obtenidas, observadas integralmente, permiten
revelar una gravísima actividad delictiv.
Otras “pruebas”:
Memorando de Entendimiento
- un artículo del periodista Roger Noriega,
publicado en Infobae
- el programa de televisión “Periodismo
para Todos” que presentó un
informe sobre Luis D’Elía
- una denuncia de la Diputada Nacional
Elisa Carrió
II. – Antecedentes
Presentación de Nisman ante Interpol.
Ordenó la inscripción en carácter de
notificación roja de los pedidos de captura
librados contra los ciudadanos iraníes
Ali Fallahijan, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi,
Mohsen Rabbani y Ahmad Reza
Asghari, que se sumaron así al ya vigente
del libanés Imad Fayez Moughnieh.
“documento que bajo juramento declaró haber
leído el Sr. José Eliaschev” ; “(Eliaschev, Pepe, “Argentina negocia con Irán
dejar de lado la investigación de los atentados”, Diario Perfil,26/03/2011…)
Presidencia de Néstor
Carlos Kirchner
“Durante el gobierno de Néstor Kirchner la
posición de la República Argentina en relación al atentado contra la AMIA fue
clara y consistente: todos los esfuerzos políticos se enderezaron a respaldar
el accionar de la justicia argentina”
a) Presidencia de Cristina
Elisabet Fernández
Nisman dice que durante los primeros años
de CFK siguieron los lineamientos de NK. Pero la negativa iraní erosionó las
expectativas del gobierno, entonces Cristina Fernández se dirigió a la Asamblea
General de Naciones Unidas, 24 de septiembre de 2010, ofreció la posibilidad de
elegir de común acuerdo un tercer país en donde llevar a cabo el enjuiciamiento
de los ciudadanos iraníes acusados por el atentado (Discurso de Cristina
Fernández en la 65° Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas,
24 de septiembre de 2010).
Luego el Fiscal denuncia que se haya optado
lisa y llanamente por el camino del delito, para borrar una acusación y una
investigación judicial, esto es la gestión y firma del Memorando de
Entendimiento y la formación de la Comisión de la Verdad
IV El plan de
encubrimiento de los imputados iraníes en la causa AMIA
Consiste en Memorando de entendimiento,
pieza central del plan criminal.
“Precisamente, en este punto se analizará
de forma completa, el plan de impunidad llevado adelante, que incluye: la
decisión de encubrir, la predisposición de ciertas autoridades ejecutivas
argentinas a abandonar el reclamo de justicia, la negociación secreta con Irán
y los intentos por mantenerla oculta, la negociación pública cuyo contenido también
se mantuvo en secreto, el interés por el petróleo iraní, las razones
geopolíticas de realineamiento con Teherán, la prometida aquiescencia de
Timerman para el cese de las notificaciones rojas, la existencia de compromisos
secretos por fuera del Memorando y el armado de una falsa hipótesis alternativa
para desplazar las acusaciones judiciales contra los iraníes”.
a) La decisión de encubrir:
El momento en que la Sra. Presidente tomó
la determinación delictiva de ayudar a los imputados iraníes a eludir la
actuación de la justicia debe situarse entre fines del mes de octubre de 2010 y
el mes de enero de 2011
a. 1 ) La cumbre de A lepo:
“Sucedió en enero de 2011 cuando el
canciller argentino se separó de la comitiva presidencial que acompañaba a la
Presidente Fernández en una gira por Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Qatar y
Turquía, para desviarse a fin de asistir a unas reuniones en la República Árabe
Siria (fs. 131.189/131.194; Eliaschev, Pepe, “Argentina negocia con Irán dejar
de lado la investigación de los atentados”, Diario Perfil,
26/03/2011, fs. 130911/130913). (…Eliaschev, Pepe, “Polémica en
torno a la negociación secreta entre
Argentina e Irán”, Diario Perfil, 2/4/2011).
Reitera:
“Dos meses después de ocurrido el
encuentro, la noticia sobre la reunión de Alepo llegó a la sociedad argentina a
través de la prensa. Un artículo publicado por el periodista José Eliaschev
informaba acerca de la reunión secreta y de distintas cuestiones relativas a la
misma (Pepe Eliaschev, “Argentina negocia con Irán dejar de lado la
investigación de los atentados”, Diario Perfil, 26/03/2011, fs.
130.911/130.913). Esta primicia fue profundizada en una segunda nota, días
después, en el mismo medio gráfico (Pepe Eliaschev, “Polémica en torno a la
negociación secreta entre Argentina e Irán”, Diario Perfil,
2/4/2011).
“Bajo juramento, el Sr. José Ricardo
Eliaschev declaró haber accedido a una copia de un documento secreto redactado
por el Ministro Salehi, y dirigido al entonces Presidente iraní Mahmoud
Ahmadinejad, que narraba datos y conclusiones de ese encuentro.
Fundamentalmente, como se analizará más adelante, Salehi informó a su
presidente que el gobierno de Cristina Fernández se encontraba dispuesto a
suspender de hecho las investigaciones de los ataques terroristas sufridos en
1992 y en 1994, con tal de avanzar en el terreno comercial (fs. 131.189/131.194
y ver: Pepe Eliaschev, “Argentina negocia con Irán dejar de lado la
investigación de los atentados”, Diario Perfil,…)”
“la cumbre de Alepo -sobre la base de la
evidencia detallada- marca el primer indicio concreto…”
a. 2) La predisposición a
abandonar el reclamo de justicia por el caso AMIA:
En efecto, el testigo Eliaschev declaró que
el citado instrumento secreto ha circulado por las cancillerías de varios
países. En este reporte se informaba que la Argentina ya no está más interesada
en resolver aquellos dos atentados, pero que en cambio
prefiere mejorar sus relaciones económicas
con Irán”.
A1 declarar ante el suscripto, el testigo
aclaró que “la revelación de las reuniones” llegaron a sus manos en
idioma inglés, no en farsi, y por constataciones propias, revestían
total verosimilitud.
a.3) Indicios de la
negociación secreta.
Reitera lo de Eliaschev, como el
“primer indicio”.
El segundo indicio tuvo lugar en la víspera
del 17° aniversario del atentado contra la sede de la AMIA, cuando la prensa
persa informó sobre un comunicado de la cancillería de ese país, fechado en 16
de julio de 2011, mediante el cual manifestó estar “dispuesta a un
diálogo constructivo'
Reitera… el “plan delictivo”.
El tercer indicio ocurrió dos meses más
tarde, en ocasión de la apertura de la 66° Asamblea General de las Naciones
Unidas, el 22 septiembre del año 2011. Por primera vez desde 2009, la Sra.
Presidente instruyó al entonces Embajador argentino ante dicha organización,
Jorge Argüello, para que permanezca en su asiento mientras pronunciaba su
discurso el, en aquel tiempo, Presidente de la República Islámica, Mahmoud
Ahmadinejad
El cuarto indicio tuvo lugar, ya en el mes
de septiembre de 2012, cuando -por primera vez en años- Presidencia de la
Nación decidió no invitar a formar parte de la comitiva argentina que viajó a
la 67a Asamblea General de Naciones Unidas a ninguno de los dirigentes
comunitarios de las instituciones judías locales.
a. 4) Negociación Pública.
El 25 de septiembre de 2012, la Sra.
Presidente de la Nación, Cristina Fernández, anunció ante la Asamblea General
de Naciones Unidas que había instruido a su canciller Héctor Timerman, para que
inicie un proceso de negociación con Irán en torno al caso AMIA.
Así, “...Cristina y su canciller
solo estaban oficializando un hecho consumado...”
Vuelve a hacer la misma cita de Eliaschev.
“luego de tres reuniones con los
funcionarios iraníes en Suiza, con fecha 27 de enero de 2013, se dio a conocer
en Adís Abeba, Reino de Etiopía, la suscripción del
“Memorándum de Entendimiento entre el
Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Islámica de
Irán sobre los temas vinculados al ataque terrorista a la sede de la AMIA en
Buenos Aires el 18 de julio de 1994” (Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, Información para la Prensa N°
011/13, 27/01/2013)”.
a) Los motivos del
encubrimiento.
“…razones de índole comercial…”
“…crisis energética…”
“…razones de índole geopolítica…”
“…se entendió que el actual escenario
mundial favorecía la proximidad con Irán e imponía la necesidad de aniquilar la
causa AMIA”.
Nuevamente: Se negoció secretamente un
acuerdo de impunidad, aceptando dar de baja las notificaciones rojas de
interpol de los cinco imputados iraníes.
Construyendo, clandestinamente, una
hipótesis alternativa que señalara nuevos y falsos acusados, para desincriminar
a los verdaderos culpables.
a. 1) Un encubrimiento peculiar
“Las pruebas acumuladas permiten concluir
que el acercamiento que llevó a la suscripción del memorando de entendimiento
como medio para lograr impunidad, como así también su constante impulso, no ha
sido motorizado por Irán, sino que fueron las mencionadas autoridades
argentinas las que han venido ejecutando, principalmente, este plan criminal.
Esto, como ya se señaló, marca una peculiaridad en la perpetración del delito,
dado que, aunque parezca irracional, este encubrimiento ha sido impulsado por
el interés del encubridor, más que por el de los sujetos encubiertos”.
a. 2) Pruebas del interés por
restablecer relaciones comerciales de Estado a
Estado.
“Primero. Antes de la firma del acuerdo,
cuando nada se sabía de lo que se estaba negociando en Suiza, Fernando Esteche,
partícipe de esta maniobra, líder del grupo “Quebracho”, histórico defensor del
régimen iraní y allegado a funcionarios del gobierno nacional, aseveró: “...los
tipos quieren restablecer relaciones ...que lo van a hacer...
multidimensionalmente eso. A nivel gobierno, te digo, a nivel
Estado...lo que tiene que ver con establecer relaciones entre los dos Estados...” (Comunicación
del 18/12/12, abonado 11-3315-6908…)”
“Segundo. Un contacto de Jorge Khalil, el
empresario iraní Heshmatollah Rahnema, también estaba al tanto del interés del
gobierno argentino por comerciar con Irán.
“Tercero. Pocos días después del regreso de
Irán del referente local del régimen, Jorge Khalil, y luego de varias
comunicaciones en la que puso al tanto a Luis D'Elía de los mensajes de
Teherán…”
b. 3) Pruebas del interés
geopolítico por alinearse con Irán.
“Alian”, “quien ha jugado un papel
clave en el plan criminal, dada su vinculación a la Secretaría de Inteligencia
de Presidencia de la Nación y cercanía al entorno presidencial, y su activa
relación con el operador local de Teherán, Jorge Khalil.
Este individuo, que funcionó como nexo
entre distintos partícipes del plan y que contribuyó activamente en la
elaboración de la pista falsa para redireccionar la investigación,
afirmó: “...ya estamos en otro país, es otra situación mundial y
hay que trabajar en otro contexto...” (Comunicación del
01/06/2013, abonado 11-
3238-4699, Archivo
B-1009-2013-06-01-224726-18, CD 43). Con esas palabras, aludía a que existía un
nuevo escenario geopolítico…
b) Memorando de
Entendimiento
“…el documento contiene numerosos recursos
y opciones para avanzar con el plan criminal, conforme lo exijan sus autores…”
en este punto se planteará justamente el rol que este acuerdo tiene en un plan
delictivo mucho más amplio y del cual no es la única ni la última pieza, aunque
-sin lugar a dudas- la más visible de todas.
b. 1) Cese de las
notificaciones rojas de Interpol. Interés de Irán
“… los elementos reunidos hasta el momento
permiten concluir que la baja de las notificaciones rojas constituyó el interés
central para las autoridades iraníes en este acuerdo y el Canciller Timerman
aceptó y contribuyó a ello. Hizo todo lo posible para que ese objetivo fuera
cumplido por Interpol. Más allá, claro está, de sus declaraciones públicas en
sentido contrario”
“La diligente y a la vez inesperada - para
los encubridores- actitud de Interpol, específicamente de su Secretario
General, Ronald Noble, se lo impidió”.
c. 1) Cese de las
notificaciones rojas de Interpol. Interés de Irán.
“La primera prueba que abona dicha
afirmación es la existencia del documento que describió (¡Nuevamente,
Pepe!) el Sr. José Ricardo “Pepe” Eliaschev en su declaración
testimonial. (fs. 131.189/131.194; Eliaschev, Pepe, “Argentina negocia con Irán
dejar de lado la investigación de los atentados”, Diario Perfil,26/03/2011,
fs. 130.911/130.913; Eliaschev, Pepe, “Polémica en torno a la negociación
secreta entre Argentina e Irán”, Diario Perfil, 2/4/2011).
b. l.a) El punto séptimo, la
vigencia de las notificaciones rojas y el consecuente
desinterés de Irán
La maniobra para dar de baja las
notificaciones rojas de Interpol se tradujo con sutileza en el texto del
acuerdo, precisamente en el punto 7o que establece: “Este acuerdo, luego de
ser firmado, será remitido conjuntamente por ambos cancilleres al Secretario General
de Interpol en cumplimiento a requisitos exigidos por Interpol con
relación a este caso”.
“Irán asegura que el acuerdo con Argentina
incluye retirar las “notas rojas” de Interpol”, La Nación, 18 de
marzo de 2013…”
Como esto no ocurrió, según Nisman, Irán
perdió interés en el Acuerdo.
c. l.b) Punto Quinto del
Memorando de Entendimiento
En ese sentido, aún cabe la posibilidad de
conseguir dicho objetivo, pero -esta vez- a través del punto 5 del acuerdo,
esto es, en el marco de las audiencias a ser llevadas a cabo en Teherán, en las
cuales la “Comisión de la Verdad” creada por este tratado, entrevistará a los
cinco imputados iraníes que tienen notificaciones rojas de Interpol, en
presencia de autoridades judiciales iraníes y argentinas y de los representantes
de ambos estados.
c.2) Impunidad por
imposibilidad de aplicación de las disposiciones del tratado
“En concreto, el memorando no tiene
previsto ningún plazo. No se pautaron tiempos para crear la comisión, ni para
emitir sus reglas de procedimiento, ni para la remisión de las pruebas e
informaciones, ni para la elaboración del informe, ni para la realización de
las audiencias en Teherán.”
c.3) La “Comisión de la
Verdad” y la invención de una hipótesis alternativa para desvincular a los iraníes
de la causa AMIA.
“Esta maniobra delictiva estuvo motivada
por el interés de ciertos funcionarios argentinos de acercarse geopolíticamente
a Irán y restablecer las relaciones comerciales de Estado a Estado. Para ello
se acordó, a través de conductas evidentemente delictivas, remover el
impedimento que ha obstruido la relación bilateral por años, esto es, la
cuestión judicial pendiente por la causa AMIA.”
Producir nuevas y falsas pruebas, nuevos
imputados (“inocentes”) y una nueva hipótesis.
c.3.a) La “Comisión de la
verdad” y su verdadero rol en el plan.
“el Memorando de Entendimiento y
fundamentalmente los puntos que prevén la creación, conformación, facultades y
obligaciones de la “Comisión de la Verdad” (1 a 5 y 8) están redactados de modo
tal de posibilitar:
“1) la deslegitimación de la investigación
sustanciada ante la justicia nacional, 2) la desautorización de los
funcionarios que intervinieron en ella, 3) la tergiversación de pruebas y
conclusiones, 4) la desacreditación de la acusación contra los actuales
imputados y 5) el redireccionamiento de la investigación hacia nuevos
culpables, como siempre solicitó Irán y ahora, delictivamente fue concedido por
ciertas autoridades argentinas,…”
c.3.b) Nueva hipótesis. nuevos
imputados y nueva prueba: el camino a la impunidad.
“El plan criminal ordenado por Cristina
Fernández, e instrumentado principalmente por Héctor Timerman, para liberar a
los imputados iraníes de la acusación emitida y avalada por la justicia
argentina, tenía previsto no solo la desvinculación de la causa de los actuales
prófugos, sino también que otros responsables inventados ocuparan su lugar,
para cerrar el círculo de la impunidad a cualquier costo.”
“Mientras Cristina Fernández aseguraba
públicamente que no iba a permitir “...que esta desgracia terrible que
nos sucedió a los argentinos sea utilizada como pieza de ajedrez en
el tablero internacional...” o “...para fines de la
geopolítica internacional...”; uno de sus cómplices, “Alian”, reconocía a
través de los canales paralelos que: . .ya estamos en otro país, es
otra situación mundial y hay que trabajar en otro contexto...”
(Comunicación del 01/06/2013, abonado 11-3238-4699, Archivo
B-1009-2013-06-01-224726-18, CD 43)
“Ahora bien, resulta una obviedad señalar
que la nueva hipótesis debía parecer verosímil. En consecuencia, se decidió
recurrir a ciertos individuos que habían tenido contacto con la investigación
del caso AMIA, como el caso del otrora Fiscal Federal y ex Juez Nacional de
Instrucción, Héctor Luis Yrimia. Este contacto tuvo por fin obtener datos
objetivos de la causa que tomaran verosímil lo falso.”
d) Indicios de un acuerdo
secreto firmado con Irán por fuera del Memorando de
Entendimiento
“Al anunciar la suscripción del acuerdo
desde Adís Abeba, Etiopía, el Ministro Timerman se vio en la necesidad de
aclarar: Este acuerdo se logró en un diálogo directo con
Irán y no existen cláusulas secretas ni ningún otro tema con el
gobierno de ese país... ” (Declaraciones de Timerman al finalizar el
acuerdo con su par de Irán para investigar el atentado de la AMIA, Casa Rosada,
Presidencia de la Nación, 27/01/2013).”
“No se entendía cuál era la razón para
semejante aclaración. Se supone que este acuerdo no debería contener cláusulas
secretas u ocultas. El correr de los meses le otorgaría el verdadero sentido a
aquella manifestación preventiva del Canciller.”
En mayo de 2013, cuando Jorge “Yussuf”
Khalil comunicó la desazón que había encontrado en Teherán por
el tema de las notificaciones rojas, expuso
llanamente lo que realmente había
ocurrido, al decir: “...hay un
poquito de...esto entre nosotros ...hay un poquito de
desazón de allá... Desazón...si, si,
si...me parece que....Me parece que el ruso este
de mierda se mandó alguna...”
e) Mohsen Rabbani y el
plan de impunidad
“En el marco de este plan criminal, Jorge
Khalil ha sido la persona de confianza de Rabbani, que le ha reportado
constantemente desde Buenos Aires:
“...Sheik, quédese tranquilo que yo hoy a
la noche, cuando llego a mi casa, le mando un informe de todo todo lo que estoy
haciendo.. ”, demostrando -una vez más- su
subordinación a Mohsen Rabbani (Comunicación del 20/01/2014, abonado
11-3238-4699, Archivo B-1009-2014-01-20-160302-28, CD 276)”.
V.- Acciones para impulsar el plan
criminal:
a) La campaña del descrédito
El plan encubridor incluyó paralelamente
una estrategia mediática y discursiva destinada a horadar la credibilidad de la
justicia argentina y de los funcionarios a cargo de la investigación del
atentado, achacándoles que la causa se encontraba paralizada, además de falta
de objetividad y fundamentalmente permeabilidad a la influencia de intereses
ajenos a la búsqueda de la verdad y la justicia.
a. 1) La causa está
11armada ” (SIC)
“Según esta falsa premisa, existen
intereses extranjeros promovidos por facciones políticas procedentes de Israel
y/o Estados Unidos que han logrado influenciar y manipular a la justicia
argentina para que fabrique la acusación que involucra a ciudadanos iraníes en
el atentado contra la AMIA, con el objeto de deslegitimar y dañar la reputación
internacional de la República Islámica de Irán, atribuyéndole la
responsabilidad por un hecho de terrorismo en Sudamérica.
a. 2) La causa está paralizada
“Con el objeto de lograr el apoyo de la
opinión pública y el aval parlamentario, estratégicamente se intentó presentar
al Memorando de Entendimiento -pieza importante en el plan encubridor- como la
única alternativa posible para avanzar en la causa…”
b) La campaña del engaño:
“Ya se han detallado los modos en que la
Sra. Presidente y el Sr. Canciller intentaron justificar la negociación con
Irán diciendo que la causa se hallaba paralizada, cuando bien sabían que no era
así.”
“Ahora se detallarán sus siguientes aportes
al plan delictivo”.
“Conociendo que el Memorando de
Entendimiento se trataba simplemente de un disfraz jurídico para camuflar el
encubrimiento de los prófugos iraníes, la Sra.
Presidente lo presentó como un “logro
histórico”. El día en que se firmó, en su cuenta oficial de “Twitter”, anunció:
“Histórico: Después de casi 19 años del atentado AMIA se logra, x Io vez,
instrumento legal de DERECHO INTERNACIONAL, entre Argentina/Irán ...Histórico:
Porque se garantiza el derecho de debido proceso legal, principio fundamental
del derecho penal internacional ...al conformarse comisión de verdad de cinco
juristas internacionales de reconocido prestigio...Ninguno de ellos podrá ser
nacional de ninguno de los 2 países. Imprescindible STANDARD de
INDEPENDENCIA...Histórico: Porque
autoridades judiciales argentinas podrán por Io vez interrogar a quienes
Interpol ha emitido notificación roja...Histórico: Pq el acuerdo entre
Argentina/Irán deberá ser tratado y ratificado por parlamentos de ambos países.
Alto standard institucional. Histórico: Porque Irán no estaba obligado por
ninguna resolución o instrumento del derecho internacional ...ni ningún
organismo multilateral -x ej. ONU- a dialogar con Argentina y mucho menos a
firmar un acuerdo. Histórico, porque jamás permitiremos q la tragedia AMIA sea
utilizada como pieza de ajedrez en el tablero de intereses geopolíticos
ajenos...” (Mensajes de twitter de la cuenta de Cristina Fernández del 27 de
enero de 2013 de horas: 10:26 a 10:32).”
“Con estas palabras, pretendió instalar
mediáticamente la noticia desde el entusiasmo de una “victoria histórica”,
manteniendo oculto el plan de encubrimiento orquestado para viabilizar
políticamente un acercamiento geopolítico e intercambio comerciales de Estado a
Estado con Irán.”
c. l) Manipulación de las
víctimas v de los familiares de las víctimas del atentado.
“Además de falsear la realidad, mintiendo
sobre el verdadero estado procesal de la causa AMIA, sobre el inicio de la
negociación con Irán, sobre el contenido de las posteriores reuniones que
fueron públicas y sobre el real sentido y alcance del Memorando de
Entendimiento firmado; los autores de este encubrimiento no trepidaron en
manipular vilmente tanto a las instituciones judías afectadas por el atentado
como a los sobrevivientes y a los familiares de las víctimas que perecieron en
la explosión. El objetivo de esta deleznable actitud era el mismo de siempre:
ganar el apoyo de estos actores en particular y de la sociedad en general para
implementar, sin que nadie sepa, el plan de impunidad.”
b. 2) Puestas en escena.
Luego del discurso presidencial con motivo
de la apertura del período de sesiones de la 68°Asamblea General de Naciones
Unidas, la Dra. Fernández reclamó fuertemente a las autoridades iraníes que
respondan a las solicitudes argentinas en relación al pacto firmado varios
meses atrás, (cfr. Discurso de Cristina Fernández, 68° Asamblea General de
Naciones Unidas, 24 de septiembre de 2013).
“Otros medios transcribieron las siguientes
palabras del canciller: “Hace unos minutos hemos recibido una llamada de las
autoridades de la República Islámica de Irán solicitando tener una reunión en
el marco de las Naciones Unidas entre los dos cancilleres para tratar el tema
del memorándum...” (Cibeira, Femando “Cara a cara para dialogar sobre el
memorándum”, Página 12, 27/2013).
Además, el Canciller declaró que el
objetivo del encuentro era:
“...conocer el estado actual del memorándum
de acuerdo a la legislación iraní, es decir, si fue aprobado por el Congreso o
no. Si fue aprobado por el Congreso, entonces, establecer el marco con el cual
vamos a formal izarla fecha de conformación de la Comisión y al mismo tiempo el
viaje de las autoridades judiciales a Teherán...Y si no fue aprobado, cuándo se
aprobará...” (“Timerman
se reunirá con su par de Irán en la ONU”,
Prensa Argentina, 26/09/2013; Cibeira, Femando “Cara a cara para dialogar sobre
el memorándum”, Página 12, 27/9/2013)”.
Para Nisman, todo esto
que él mismo citaba era una “puesta en escena”.
a) Otros caminos para
favorecer el plan de impunidad
“Una de las vías elegidas para este caso
fue utilizar la falsa hipótesis armada desde cierto sector de la Secretaría de
Inteligencia para culpar por el atentado a nuevos autores inventados como el
mecanismo para desacreditar la labor del suscripto”.
d) Gestos y otros favores:
ingredientes para facilitar el plan de impunidad.
“Los autores de este encubrimiento siempre
tuvieron claro que una parte importante del mismo consistía en contar con la
buena predisposición de las autoridades del régimen iraní y de sus referentes
locales...”
“No obstante ello, las acciones destinadas
a conseguir la buena predisposición de los iraníes, y así facilitar el tránsito
del plan criminal, no estuvieron limitadas a estos dos puntos, sino que se ha
podido constatar la concesión de una serie de favores concretos, como por
ejemplo: facilitación de gestiones, promesas de puestos de trabajo y acceso a
contactos importantes; todos ellos procurados a los referentes locales del
régimen, como gestos de buena voluntad y cercanía, destinados a favorecer -en
última instancia- el plan de impunidad.
“Por ejemplo: “Alian” le prometió a Khalil
cargos en la Dirección
Nacional de Aduanas y en el Ministerio de
Interior y Transporte para gente de la comunidad chiita, “...tiene que
haber cambios en transporte y aduana y ahí van a tratar de meter
...diez tipos en cada lado” (Comunicaciones del 4/7/13, abonado
11-3238-4699, Archivo B-1009-
2013-07-04-112603-6.txt, CD 76 y del 7/7/13, abonado 11-3238-4699, Archivo
B-1009-2013-07-07-152130-22, CD 79)”
En una oportunidad, Femando Esteche le
aconsejó a Khalil que para que el “blanqueo” con la comunidad iraní local tenga
mayor visibilidad pública, exija algunos gestos del gobierno, como por
ejemplo “...que los inviten o que los empiecen a invitar a
los actos de la Casa Rosada como exponentes de la comunidad...”
o “.. .que la Presidente un día vaya para el Ramadán, para un desayuno...”, y
agregó: “...que la Presidenta vaya...eso es más fácil para “Alian
”...” (Comunicación del 18/12/2012, abonado
11- 3315-6908…)”
VI.- Canales paralelos de comunicación y
negociación
“El plan criminal que aquí se pone en
evidencia y se denuncia de ninguna forma debe ser confundido con una
negociación diplomática, aunque su ejecución haya incluido contactos diplomáticos
formales. Lo cierto es que la calidad delictiva del plan también se evidencia
en la necesidad de contar con esos canales paralelos, no oficiales, como vías
concretas, eficientes y confiables para avanzar con el propósito que
verdaderamente ha tenido el acercamiento y las negociaciones diplomáticas
formales: la impunidad de los acusados iraníes por el caso AMIA.
Para Nisman, en esos canales
paralelos “cabe destacar la activa participación de Luis Ángel
D'EIía, Fernando Luis Esteche, Jorge Alejandro “Yussuf’ Khalil, el
Diputado Nacional Andrés Larroque, Héctor
Luis Yrimia y el individuo identificado como “Alian” perteneciente a la
Secretaría de Inteligencia, orgánica o inorgánicamente, y que podría tratarse
de Ramón Héctor Alian Bogado, sea este su verdadero nombre o el que utiliza en
su actividad de inteligencia.
“Estos sujetos, implicados en la maniobra
de encubrimiento, se encuentran vinculados entre sí. Véase que Jorge “Yussuf’
Khalil se comunicó asiduamente con D’Elía, con Esteche, con “Alian”, con Yrimia
y se reunió en varias oportunidades con Larroque. A su vez, “Alian” e Yrimia
responden al mismo sector de la Secretaría de Inteligencia. Estos dos últimos
personajes le fueron presentados a Khalil por parte de Fernando Esteche, lo que
implica que los conocía previamente. Las vinculaciones entre D’Elía y Larroque,
D’Elía y Esteche y Larroque y Esteche, son públicas”.
“No cabe duda alguna, la actividad de estos
canales de comunicación y negociación configura, sin más, una diplomacia
paralela de facto”.
“A continuación corresponde analizar el rol
y los aportes de cada uno
de los individuos antes mencionados, que
tuvieron participación en el plan
criminal aquí denunciado.”
a) Cristina Elisabet Fernández
“Para comprender el rol de la Dra. Cristina
Fernández en este plan de impunidad debe quedar claro que el delito denunciado
no se hubiera cometido sin su decisión y sus consecuentes acciones.”
“Dicha decisión estuvo motivada en la
búsqueda de un acercamiento de carácter geopolítico como así también en el
restablecimiento de plenas relaciones comerciales a nivel estatal con la
República Islámica de Irán, por entender que así podría atenuarse
sustancialmente la crisis energética nacional, mediante intercambios
mercantiles de “petróleo por granos”.”
“Tal fue el grado de compromiso que asumió
la Dra. Fernández en este plan criminal de impunidad que se ocupó de
seleccionar muy cuidadosamente a algunos de sus colaboradores o, para ser más
exactos, sus cómplices, valiéndose de distintas personas para ejecutar el plan.
Ese ha sido uno de sus aportes fundamentales para la instrumentación del plan”.
Nisman hace referencia a:
Alian “hombre de su entorno”…
“D’Elía (quien) ha sido, por muchos años,
no solo acérrimo defensor del régimen iraní sino, según sus propios dichos, un
“soldado” incondicional de Cristina Fernández.”
Al “Diputado Nacional Andrés Larroque, otro
encendido seguidor de la Presidente, que ofició de nexo, de puente entre ella y
los partícipes clandestinos del plan de impunidad”.
Y sigue con Timerman. Y… nuevamente Pepe: “...la
Argentina ya no está más interesada en resolver aquellos dos
atentados, pero en cambio prefiere mejorar sus relaciones
económicas con Irán... ” (Ys. 131.189/131.194; Eliaschev, Pepe,
“Argentina negocia con Irán dejar de lado la investigación de los atentados”,
Diario Perfil, 26/03/2011, fs. 130.911/130.913; Eliaschev, Pepe, “Polémica en
torno a la negociación secreta entre Argentina e Irán”, Diario Perfil,
2/4/2011).”
b) Héctor Marcos Timerman
“El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la
Nación, Héctor Timerman, ha sido -sin duda alguna- el principal instrumentador
del plan de impunidad ideado y ordenado por la Sra. Presidente, Dra. Cristina
Fernández.”
“En efecto, el comienzo de su actuación criminal
coincidió con el inicio de la ejecución del delito. Por orden presidencial, se
apartó de la comitiva oficial que visitaba distintos países de Medio Oriente,
para dirigirse a la ciudad siria de Alepo, lugar donde mantuvo, en secreto, una
reunión con el canciller iraní, Ali Salehi. Allí transmitió el siguiente
mensaje: “...la Argentina ya no está más interesada en
resolver aquellos dos atentados, pero en cambio prefiere mejorar
sus relaciones económicas con Irán... ” ffs. 131.189/131.194;
Eliaschev, Pepe, “Argentina negocia con Irán dejar de lado la investigación de
los atentados”, Diario Perfil, 26/03/2011, fs. 130.911/130.913; Eliaschev,
Pepe, “Polémica en tomo a la negociación secreta entre Argentina e Irán”,
Diario Perfil…”
a) Luis Angel D'Elía
“Luis D'Elía ha sido el interlocutor válido del que se
han servido la Sra. Presidente y el Sr. Canciller para mantener activas las
negociaciones secretas y clandestinas con Irán en relación al plan de
encubrimiento.”
a) Jorge Alejandro
"Yussuf" Khalil
Jorge Alejandro “Yussuf’ Khalil es el referente más
importante de las autoridades del régimen iraní en Argentina. En ese carácter
ha sido el nexo central en la vinculación entre autoridades iraníes y
argentinas en el marco del accionar delictivo aquí denunciado. De hecho, en
todo aquello relacionado con el plan de encubrimiento, Khalil ha contado con
mucho más peso específico que los diplomáticos persas aquí apostados. Es decir,
Jorge “Yussuf’ Khalil responde al régimen y ha actuado en todo momento conforme
las directivas de Teherán. Ha sido la voz y los oídos de Irán en Argentina, ha
transmitido los mensajes de sus autoridades y ha defendido los intereses
iraníes ante los operadores locales y, al mismo tiempo, ha retransmitido las
inquietudes y demandas de las autoridades argentinas a sus superiores en Irán.
e) "Alian ”, miembro de
la Secretaría de Inteligencia. respecto de quien hay
fuertes indicios que su nombre verdadero sería Ramón
Alian Héctor Bogado.
“En la ejecución del plan criminal, la persona identificada
como ‘Alian’ cumplió un rol imprescindible. En su condición de funcionario de
la Secretaría de Inteligencia, con llegada directa al entorno presidencial, ha
sido un actor clave en la interacción entre las altas figuras gubernamentales
involucradas en los hechos. Es decir, ha sido especialmente seleccionado para
instrumentar, materializar y llevar adelante los designios criminales de la
Sra. Presidente y del Sr. Canciller.
d) Femando Luis Esteche
“Fernando Esteche es el líder de la agrupación ‘Quebracho’
y desde antaño, ha expresado una clara postura en contra a la acusación a los
iraníes por el caso AMIA”.
“Ahora bien, se trata del sujeto que ha viabilizado o
hecho posible el avance del plan de encubrimiento mediante, al menos, dos
conductas concretas. Primera, posibilitó la vinculación del agente iraní en
Buenos Aires, Jorge Khalil, con funcionarios del gobierno argentino.
Específicamente lo ha contactado con los operadores de la Secretaria de
Inteligencia, el sujeto apodado “Alian” y el Dr. Héctor Luis Yrimia, quienes
han participado, entre otras cuestiones, del armado de la falsa hipótesis que
debía desplazar a la que involucra a los iraníes encubiertos. Segunda. Esteche,
personalmente, ha contribuido con ideas específicas para la construcción de la nueva
y falsa hipótesis del gobierno de Cristina Fernández para el atentado del 18 de
julio de 1994.”
e) Héctor Luis Yrimia
“Otra de las personas que tuvo una participación
relevante, colaboró y suministró información a los agentes iraníes en
Argentina, que aportó para la construcción de la nueva hipótesis falsa e hizo
avanzar el plan encubridor, fue el ex Juez Nacional en lo Criminal de
Instrucción y ex Fiscal Federal, Dr. Héctor Luis Yrimia.”
“La contribución del Dr. Yrimia al plan criminal ha sido
sustancial. Ha puesto al servicio de la maniobra de encubrimiento su
conocimiento sobre la causa AMIA. Se trata de un conocimiento específico pues
lo ha obtenido en el ejercicio de su anterior cargo como Fiscal Federal
especialmente designado por la Procuración General de la Nación para intervenir
en la investigación del atentado perpetrado contra la sede de la AMIA
(Resolución N°37/94 del 18/07/1994), por instrucción expresa del Ministerio de
Justicia (Resolución N°83 de la misma fecha).”
a) Andrés Larrogue
“Ha quedado demostrado que tanto Luis D’Elía como Jorge
‘Yussuf’ Khalil son personas que han sido cuidadosamente seleccionadas para
oficiar de nexos clandestinos en el plan de encubrimiento. Una de las
cualidades que comparten es que, pese a la profunda consustanciación con los
gobiernos a los que representan y la confianza que inspiran en sus mandantes,
no son figuras oficiales. No ejercen cargos públicos ni tienen
responsabilidades políticas visibles en los gobiernos a los que sirven. Pero
como denominador común, operan muy cerca del poder, son de confianza del poder
y, valga la redundancia, poseen -en sus respectivos ámbitos- mucho poder.”
“Para intermediar entre los autores del plan delictivo y
varios de sus ejecutores, se recurrió a una persona que pudiera dar cuenta,
fácilmente, de sus contactos tanto con unos como con otros: el Diputado
Nacional Andrés Larroque, quien ha oficiado de nexo entre la Presidenta de la
Nación, Dra. Cristina Fernández y Luis D’Elía, a los efectos de avanzar con el
delito aquí denunciado.”
VII. - Conclusiones:
“Durante el desarrollo de la presente denuncia se han
explicado en detalle los hechos y se han expuesto múltiples elementos de prueba
que demuestran que la Sra. Presidente de la Nación Argentina, Dra. Cristina
Elisabet Fernández, emitió una expresa directiva para que se diseñara y
ejecutara un plan tendiente a desvincular a los acusados de nacionalidad iraní
de la causa por el atentado contra la sede de la AMIA, a efectos de brindarles
impunidad definitiva.”
“Se ha acreditado también que dicha directiva estuvo
motivada en la decisión de la primera mandataria de producir un acercamiento de
carácter geopolítico como así también de restablecer plenas relaciones
comerciales a nivel estatal con la República Islámica de Irán, al entender que
ello paliaría sustancialmente la crisis energética nacional.”
“Así, los elementos de prueba demostraron que el plan
ideado por la Sra. Presidente fue instrumentado principalmente por su
canciller, Sr. Héctor Timerman. Que insumió dos años de negociaciones tanto
secretas como públicas con autoridades de la República Islámica de Irán, en las
cuales las autoridades argentinas dejaron de lado el reclamo de justicia por el
caso AMIA y acordaron dar de baja las notificaciones rojas de Interpol como un
primer paso para desvincular definitivamente de la investigación judicial a
todos los acusados iraníes.
Uno de los medios elegidos, quizás el más visible pero no
el único, para cumplir con ese objetivo convenido de antemano fue el “Memorando
de Entendimiento…”
VII. - Breves consideraciones normativas
“Ahora bien, conforme ya ha sido adelantado, el plan
delictivo aquí denunciado encuadra, a priori, en las figuras
penales de encubrimiento por favorecimiento personal agravado, impedimento o
estorbo del acto funcional e incumplimiento de los deberes de funcionario
público (arts. 277 inciso 1 y 3, 241 inciso 2 y 248 del Código Penal).”
VII. - Medidas cautelares
a) Embargo Preventivo:
“En atención a que la obligación de resarcir el daño
provocado (Nisman se refiere a las víctimas y sus familiares) es solidaria
entre todos los responsables, entiendo adecuado la imposición de la suma de
$200.000.000 (doscientos millones de pesos).”
b) Prohibición de salida del
país:
A los efectos de asegurar desde el inicio los fines del
proceso, corresponde solicitar que V.S. decrete la inmediata prohibición de
salir del país de Luis Ángel D'Elía, Fernando Luis Esteche, Jorge Alejandro
“Yussuf’ Khalil y Héctor Luis Yrimia. El mismo temperamento corresponde adoptar
respecto de “Alian”, quien deberá ser correctamente individualizado y que,
según los indicios obtenidos hasta el momento, podría tratarse de Ramón Alian
Héctor Bogado. En relación a los restantes imputados en esta presentación –
Cristina Elisabet Fernández, Héctor Marcos Timerman y Andrés Larroque-,
teniendo en cuenta los altos cargos públicos que ejercen, como así también los
fueros de los se encuentran investidos, a juicio del suscripto, no se advierten
-por el momento circunstancias que ameriten asegurar su sujeción al proceso
mediante esta medida. Ello, sin perjuicio de que el criterio aquí articulado
pueda modificarse, conforme a derecho.
X- Petitorio; (SIC)
(Dada la gran cantidad de errores de tipografía o
de otro tipo, resulta válido aclarar que en el texto, sintetizado, he visto
conveniente mantener dichos equívocos, conforme al archivo pdf de “InfoJus”.)
“Por todo lo expuesto, solicito al Sr. Juez
que:
I. - Se tenga por formulada la presente denuncia en
virtud del mandato dispuesto en el art. 177 inc. Io del Código Procesal Penal
de la Nación y que le dé curso, conforme el procedimiento previsto en el citado
cuerpo legal.
II. - Se tome razón de lo dispuesto en el punto VIII in
fine, en los términos de los arts. 16 y 17 de la ley 25.520, a los fines que
VS. estime correspondan. Se reciba declaración indagatoria, conforme
lo normado en el art. 29 í c oi Código Procesal Penal de la
Nación a Cristina Eiisabet Fernández., Héctor Marcos Timerman, Luis Ángel D’Elía,
Femando Luis Estech . crg>; Alejandro “Yussuf’ Khalil, Héctor Luis Yrimia. Andrés Larroque y
r.’ sujeto identificado como “Alian” que, según los indicios obtenidos hasta (!
...omento, podría tratarse de Ramón Héctor Alian Bogado.
YIII.- Se trabe embargo preventivo respecto de Cristina
Eiisabet Fernández. Hécor
Marcos Timerman, Femando Luis Esteche, Luis Angel D’Elír,
Héctor Luis Yrimia, Jorge Alejandro Khalíl y Andrés
Larroque, hasta cubrir la suma de
doscientos millones de pesos ($ 200.000.000), en forma
solidaria, en aplicación de lo normado
en el art. 518 del Código Procesal fonal de la Nación, lo
que así expresamente se solicita al Sr.
Juez.
IX.- Se ^dj..ntan a la presente:
a) Copias en soporte magnético conteniendo el producido
de las inter, enciones
telefónicas correspondientes a las líneas 11-3238- 4ó99; 11-3315-6908, 11-3964-0799
y
11-6224-0263, dispuestas judie almente en la causa 8566,
“Pasteur 633 - atentado
(homicidio, lc.ioi.es, daño) - Damnificados: AMIA y DAIA
(Asociación Mutual Israelita
Argentina y Delegación de Asociaciones Israelitas A.ge.
itinas)” del Juzgado Nacional en
lo Criminal y Correccional F ;de al N° 6, Secretaría N°
11 -Anexo AMIA-.
b, capias certificadas de las declaraciones testimoniales
de Luis Ángel D’Elía y José
Ricardo Eliachev; del oficio de fecha 5 de noviembre de
2012 glosado a fs. 132.805; de la
Nota N°2I94 fechada en $ '11/2012 de la Carpeta DIAJU
N°7102/ll y de la Nota
n°5572/14 fechada en 9/05/2014, ambas del Ministerio de
Relaciones
'
VM»-— " -
E
Argentina fechado en 12/5/2014, todas ellas de la
c. usa mencionada en el acápite previo.
z) copias simples de las noticias
periodísticas, publicaciones y demás docu nentación
referenciada en la presente denuncia e identificadas e i
u: listado que se acompaña.
c) u.» (1) disco compacto
identificado como “Audios y Videos - Denuncia”, conteniendo
nueve (9) archivos de audio y video, reverenciados en la
presente denuncia e identificados
en un listado c ae se acompaña.
a.- Agregúese copia certificada de la
presente denuncia al cuerpo principal de la causa N° causa 8566,
“Pastear 633 - atentado (homicidio,
lesiones, daño) - Damnificados: AMIA y DAIA
(Asociación Mutual Israelita Argentina y Delegación de
Asociaciones Israelitas Argentinas)
” del Juzgado Nacional en lo
Criminal y Correccional Federal N° 6, Secretaría N° 11 -
Anexo AMIA-.
Unidad Fiscal de
Investigación, 13 de enero de 2015.-
Los “papeles Nisman”
· Los documentos que Nisman
dejó firmados con fechas noviembre, 2014; y diciembre, 2015. Exalta las
actuaciones de Néstor Kirchner y de Cristina. El Memorando firmado con Irán es “inidóneo”.
La solución a la negativa de Irán a cooperar: pedir la captura a través del
Consejo de Seguridad de la ONU.
El 28 de enero de 2015,
la Dra. Soledad Castro, a cargo de la Secretaría General de la UFI–AMIA, dice
que a solicitud del entonces fiscal reemplazante de Alberto Nisman, Dr.
Gentili, para que “lo ponga al tanto de distintas cuestiones inherentes a
fiscalía”, le informó “la existencia de un conjunto de documentos que había
dejado firmados el Dr. Alberto Nisman con conocimiento –al menos– de los cinco
letrados que cumplen funciones en esta Unidad Fiscal…” (pág. 1, de los
documentos, que pueden leerse en su versión completa en la página de
CFK)
Esos documentos son:
· El primero, para el caso
en que Irán apruebe el Memorando.
· El segundo, para el caso
en que Irán no apruebe el Memorando. (En ambos casos los documentos ocupan 56
páginas).
Los
otros documentos son:
· Copias de las últimas dos
hojas de ambos documentos, fechados en enero de 2015 (En ningún
caso especifica el día. Sí deja un espacio entre el mes y el año, para que sea
insertado). (Están en medio de las dos versiones antes señaladas).
· Al final, se encuentra un
documento dirigido “A LA SRA. PROCURADORA DE LA NACIÓN. DRA. ALEJANDRA GILS
CARBÓ”. En este texto le solicita que “requiera al Poder Ejecutivo Nacional
que, por medio de los canales correspondientes, solicite al Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas, que active los mecanismos compulsivos, para
que se detenga con fines de extradición a los imputados iraníes…”
· Por último viene un documento
breve, firmado por Nisman. No especifica día ni mes, pero sí el año: 2014. Se
trata de un documento que certifica que las fotocopias adjuntas, se
corresponden con los originales.
Antes de pasar a una
síntesis más exhaustiva, anticipo un “repaso”, que hace Nisman al llegar a la
pág. 53,
bajo los títulos: “Quinto”. “Consideraciones finales”; con el fin
de acceder rápidamente al contenido general de los dos documentos.
La numeración y los
resaltados son propios:
1. “Los iraníes, (van los
nombres de los ocho imputados) se encuentran con pedido de captura nacional e
internacional “, por su responsabilidad en la voladura de la AMIA.
2. En reiteradas
oportunidades el gobierno argentino –primero el Dr. Néstor Kirchner
y luego la Dra. Cristina Fernández– reclamó ante la ONU, que Irán cumpla con
las órdenes de captura libradas”, y “entregue a los imputados para su
juzgamiento”.
3. Las autoridades de Irán
han tratado de desacreditar la investigación de la justicia argentina, para
darle protección a los imputados que se encuentran en “flagrante rebeldía.”
4. Esta falta de
colaboración ha sido advertida por la prestigiosa organización Human
Rights Watch (HRW)” y “ha expuesto su preocupación…”
5. “Ante la falta de
resultados el gobierno nacional ha ido flexibilizando su postura”, proponiendo,
primero, un tercer país para el juzgamiento de los imputados; y luego firmando
un Memorando de Entendimiento entre ambos gobiernos.
6. Ese instrumento no
constituye un medio para lograr el enjuiciamiento de los imputados y no ha sido
aprobado por Irán.
7. El gobierno de Irán ha
desplegado con éxito una estrategia encubridora de los acusados del atentado
contra la AMIA.
8. La ONU es el organismo,
del que son parte Argentina e Irán, apto, para adoptar el uso de la fuerza (a
través del Consejo de Seguridad) y hacer efectiva la captura de los imputados.
9. Esta facultad coercitiva
ya ha sido ejercida en situaciones análogas a la causa AMIA.
10. En tales casos (Nisman se
refiere a Libia y a Sudán), se aplicaron acciones coercitivas que tuvieron
éxito. Son “antecedentes que imponen el camino a adoptar”.
11. “Ello obliga a requerir
al Poder Ejecutivo Nacional, que intervenga inmediatamente, ante el Consejo de
Seguridad de la ONU, a fin de que en uso de sus facultades coercitivas, conmine
a la República Islámica de Irán, a que proceda a la detención, para su
sometimiento a juicio, de los imputados iraníes con pedido de captura en
autos.”
¿Cuál es la diferencia
entre los dos documentos madre, que deja firmados Nisman?
Conceptualmente
ninguna. Se trata de una simple cuestión semántica, pues en el
primer documento se da por sentado que el Memorando de Entendimiento ha sido
aprobado por Irán; mientras que el segundo está sostenido en la hipótesis
contraria. Sólo se trata de unas pocas palabras diferentes que se
reflejan, con claridad, en los párrafos que están sintetizados en los puntos
cinco y seis, de la enumeración precedente. El resto de los párrafos de este
“repaso” propuesto por Nisman, son exactamente iguales.
Primer documento:
Síntesis de las secciones y apartados:
El fiscal Alberto
Nisman, “SOLICITA AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SE ARBITREN
LOS MEDIOS PARA DAR INMEDIATA INTERVENCIÓN AL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA
NACIONES UNIDAS”
Primero:
Introducción y objeto de
esta presentación
Han pasado más de siete
años desde que INTERPOL emitió las notificaciones rojas, sin tener resultado.
“Ni siquiera los
discursos del ex presidente, Dr. Néstor Kirchner, y la actual primera
mandataria, Dra. Cristina Fernández, ante la Asamblea General de las Naciones
Unidas, lograron conmover la renuencia del gobierno iraní a detener y extraditar”
a los imputados, pese a que los requerimientos fueron degradándose (Nisman se
refiere al ofrecimiento argentino de indagar a los imputados en un tercer país;
y al Memorando de Entendimiento) con el paso del tiempo, ante las constantes
negativas iraníes.” (pág. 2)
El “Memorando de
Entendimiento”, (es un) “instrumento jurídicamente inútil para lograr el
objetivo procesal principal de esta pesquisa; esto es, la detención y el
posterior enjuiciamiento de los imputados.”
Irán y Argentina son
miembros de la ONU.
Las “resoluciones
emanadas del Consejo de seguridad de las Naciones Unidas son de cumplimiento
obligatorio”.
“En caso de reticencia
(el Consejo de Seguridad), tiene la facultad y el poder para hacer cumplir sus
decisiones compulsivamente.”
Irán se encuentra
“incumpliendo obligaciones internacionales”.
Nisman, cita “dos
antecedentes cuyos sustratos fácticos son idénticos”, –al caso de los imputados
iraníes– “en los cuales cumplió un rol fundamental la efectiva y concreta
intervención de las Naciones Unidas”. (pág. 3)
“Estos precedentes
corresponden a las situaciones protagonizadas” por Libia y Sudán. (pág. 3)
Países que “se avinieron
a cumplir con las resoluciones dictadas” por el Consejo de Seguridad de la ONU.
(pág. 4)
La situación de la causa
AMIA es equiparable a la de esos dos países. (Encubrimiento de personas
acusadas de terrorismo). (Pág. 4)
Nisman solicita “Recurrir
al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas” para que “dicte una
resolución”, para detener a los imputados iraníes. (Pág. 5)
Segundo:
Antecedentes
Nisman explica el
atentado a la AMIA.
Detalla el proceso que
concluyó con el pedido de captura de INTERPOL de los imputados iraníes. (Págs.
5 a 7)
Tercero:
a) El reclamo argentino: el
sometimiento de los imputados al proceso
“Las máximas autoridades
de nuestro país –en primer término el Dr. Néstor Kirchner y luego la Dra.
Cristina Fernández– encabezaron ante la ONU el reclamo para que la República
Islámica de Irán acate la jurisdicción argentina y permita que quienes están acusados
de haber intervenido en el atentado puedan ser sometidos a la justicia. Se
trató, sin dudas, de un claro respaldo a los dictámenes de esta Unidad Fiscal y
las resoluciones del juez de la causa.” (pág. 8)
Luego, Nisman, cita
fragmentos de discursos, ante la ONU, de Néstor Kirchner y de CFK (págs. 8 a
14)
Los primeros pasajes de
esos fragmentos constituyen una exaltación tanto para Néstor Kirchner, como
para CFK.
Luego dice: la “renuencia
iraní” logró “erosionar” las “expectativas del gobierno (…) y se produce
“cierta flexibilización de la demanda inicial.”
El Memorando de
Entendimiento constituye una degradación del reclamo inicial. (pág. 14)
“Este instrumento
bilateral solo puede aspirar, en el mejor de los escenarios y bajo la
interpretación más amigable de su letra, a que las autoridades judiciales
argentinas puedan participar, en territorio iraní, de un interrogatorio
encabezado por la ‘comisión de la verdad’ creada por ese tratado y conformada
–precisamente– por comisionados designados por los poderes ejecutivos de ambos
países, la cual se encuentra autorizada a entrevistar únicamente a cinco de los
ocho imputados cuya extradición Irán ha rechazado.”
Además es una
“intromisión del Poder Ejecutivo en la esfera exclusiva del Poder
Judicial…” (pág. 15)
a) La postura
obstruccionista y encubridora del gobierno de la República Islámica de Irán
Pese a que Irán expresó
“su voluntad de colaborar con la justicia argentina, el régimen iraní jamás
aportó un ápice de colaboración.” (pág. 15)
Se trata de un doble
discurso.
El objetivo iraní tiene
una estrategia para “obstruir y dificultar la investigación…” (pág. 16)
Los
pedidos de asistencia judicial frustrados por Irán
“…” “se ha solicitado
asistencia judicial en reiteradas ocasiones a la República Islámica de Irán, ya
sea para obtener información sobre personas como también respecto de líneas
telefónicas, registros migratorios, cuentas bancarias, propiedades, etcétera,
con asiento en el aquel país.” (pág. 18)
Irán siempre denegó dar cualquier
tipo de información, aduciendo leyes de ese país.
Nisman enumera todos los
pedidos de asistencia, que son diecisiete, a las que Irán sólo respondió a una.
Luego da detalles sobre
exhortos, “non paper” y pactos ofrecidos por Irán que, Nisman, rebate debido a
los numerosos condicionamientos que pone Irán.
Explica los argumentos
del fiscal de Teherán, Dr. Rumiani, para rechazar los pedidos de la justicia
argentina y los rebate.
“En conclusión, la
inconsistencia de cada uno de los argumentos esgrimidos por la
fiscalía de Teherán para fundar el rechazo a la cooperación judicial exhortada
por la República Argentina es una muestra cabal de que la decisión de no
colaborar con la investigación del caso AMIA nada tiene que ver con
consideraciones jurídicas.” (págs. 23 y 24)
b.2) Extradición
denegada: el rechazo al pedido de detención provisoria formulado por la
justicia argentina
La rogatoria dirigida a
Irán fue diligenciada por la vía diplomática y, tras ser considerada, con fecha
4 de octubre de 2008, la Corte Pública y de la Revolución de Teherán rechazó el
exhorto librado por la justicia argentina considerándolo erróneamente como una
solicitud de extradición.” (pág.24)
Luego, Nisman, hace un
análisis de “los argumentos que se esgrimieron para rehusar la petición de la
justicia argentina” ; para dejar al desnudo “el inocultable hecho de que el
rechazo no se funda realmente en razones jurídicas sino que estas son solo
(SIC) un ropaje para ocultar la verdadera intención del gobierno de Irán:
procurar la impunidad de los acusados de terrorismo por su participación en el
atentado ocurrido en territorio argentino, abusando de las normas de derecho
internacional que rigen la extradición de personas entre los Estados.” (pág.
25)
Por lo tanto, Nisman ve
“la necesidad de recurrir a instancias institucionales internacionales (ONU)
para intentar remover de ese modo los obstáculos que ha colocado la República
Islámica de Irán en la entrega de los acusados…” (pág. 25)
Luego viene una extensa
argumentación sobre los tratados de reciprocidad para la extradición de
personas. Luego dice que también fracasaron las órdenes de captura debido a
“que los acusados se encuentran protegidos por una serie de inmunidades
políticas, diplomáticas y militares que los colocan a resguardo de la justicia
argentina.” (pág. 31). Argumenta que no les corresponde esa inmunidad, pues
están acusados de un delito de lesa humanidad.
Entonces, Nisman,
ratifica la necesidad de acudir al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Sigue un rebate a la
posición de Irán que “ha llegado al absurdo de equiparar un atentado terrorista
con un delito político.” (pág. 33)
Luego invoca diferentes
tratados internacionales, el Estatuto de Roma y otros instrumentos legales;
todo con el fin de rechazar los postulados jurídicos de los iraníes y darle
solidez a la necesidad de que intervenga el Consejo de Seguridad de la ONU.
(En todo el documento, en
ambas versiones, abundan las referencias a normas, tratados, doctrina,
jurisprudencia, arbitrajes internacionales, convenciones, etc.; y también
referencias bibliográficas. Ninguna de estos medios de argumentación, o
similares, están presentes en la acusación contra CFK, el canciller Timerman y
otros, presentada el 14 de enero. En este documento de ningún tipo, que avalen
lo que dice. Sólo menciona cuatro o cinco artículos del Código Penal y del
Código Procesal Penal )
Cuarto:
La vía legal para someter
a juicio a los imputados iraníes
Lo expuesto, dice Nisman,
“revela que la coyuntura actual en la que se encuentra el expediente es la
siguiente: no puede avanzarse procesalmente contra los imputados iraníes con
captura internacional porque el gobierno de ese país ha negado su detención y
consecuente extradición (…) como parte de un plan premeditado que busca la
impunidad de sus ciudadanos” (pág. 40)
Por eso se ha puesto “el
foco en la ONU…”, ya que “ambas naciones se encuentran obligadas a acatar sus
resoluciones.” (pág. 40)
a) La organización de
Naciones Unidas
“… ha encabezado
innumerables y contundentes iniciativas destinadas a combatir el terrorismo
internacional.” (pág. 41)
“… corresponde invocar
dos tratados fundamentales que apuntan a la cooperación internacional que la
República Argentina necesita para continuar su avance hacia el esclarecimiento
total y definitivo del atentado contra la sede de la AMIA y al enjuiciamiento
de sus responsables. Se trata del ‘Convenio Internacional para la represión de
los atentados terroristas cometidos con bombas’ y el Convenio Internacional
para la represión de financiación del terrorismo.” (págs. 41 y 42)
b) La violación por parte de
la República Islámica de Irán de sus obligaciones internacionales de cooperar
en la investigación del atentado contra la sede de la AMIA
Nisman invoca diferentes
resoluciones y declaraciones de la ONU, referidas a “la problemática
terrorista”. Entre ellas cita, como compromisos de la ONU: “Asegurar la
aprehensión, el enjuiciamiento o la extradición de los actores de actos de
terrorismo…”
“La República Islámica de
Irán se encuentra obligada –por la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad
dictada bajo el capítulo VII de la carta de la ONU– a denegar cobijo y
abstenerse de brindar apoyo, activo o pasivo, a los terroristas…” (pág. 46)
c) La potestad coercitiva
del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y los antecedentes análogos a
la situación verificada en autos. La solución del conflicto
Hace un exhaustivo
análisis de diferentes antecedentes y resoluciones adoptados por el Consejo de
Seguridad. Explica los casos de Libia y de Sudán, como así también las
resoluciones del Consejo de Seguridad, que tuvieron un resultado positivo, en
cuanto a extradición de personas acusadas de participar en actos terroristas.
Teniendo en cuenta esos
antecedentes “debe ser la comunidad internacional de naciones –por medio de la
ONU– la que adopte una resolución que ordene al gobierno iraní la detención y
posterior extradición de los sospechosos para su juzgamiento.” (pág. 51)
“… se solicitará al Poder
Ejecutivo nacional que, por medio de los canales correspondientes, requiera al
Consejo de Seguridad que active los mecanismos compulsivos que a tal efecto le
confiere el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas y conmine a la
República Islámica de Irán a que detenga para su sometimiento a juicio a
quienes son considerados sospechosos de haber cometido un grave atentado
terrorista que ha sido calificado como crimen de lesa humanidad y que se ha
cobrado la vida de 85 personas y ha lesionado, cuanto menos, a otras 151.” (pág. 52) (El resaltado
es propio)
Quinto:
Consideraciones finales:
“En virtud de lo extenso
de esta presentación resulta apropiado hacer un somero repaso de las
circunstancias aquí tratadas”.
Nisman, hace ese repaso,
de cuestiones que ya están dichas y ampliadas en esta síntesis.
Me permito la siguiente
enumeración, de la síntesis de ese “repaso”:
1. “Los iraníes, (van los
nombres de los ocho imputados) se encuentran con pedido de captura nacional e
internacional “, por su responsabilidad en la voladura de la AMIA.
2. En reiteradas
oportunidades el gobierno argentino –primero el Dr. Néstor Kirchner
y luego la Dra. Cristina Fernández– reclamó ante la ONU, que Irán cumpla con
las órdenes de captura libradas”, y “entregue a los imputados para su
juzgamiento”
3. Las autoridades de Irán
han tratado de desacreditar la investigación de la justicia argentina, para
darle protección a los imputados que se encuentran en “flagrante rebeldía.”
4. Esta falta de
colaboración ha sido advertida por la prestigiosa organización Human
Rights Watch (HRW)” y “ha expuesto su preocupación…”
5. “Ante la falta de
resultados el gobierno nacional ha ido flexibilizando su postura”, proponiendo,
primero, un tercer país para el juzgamiento de los imputados; y luego firmando
un Memorando de Entendimiento entre ambos países.
6. Ese instrumento no
constituye un medio para lograr el enjuiciamiento de los imputados y no ha sido
aprobado por Irán.
7. El gobierno de Irán ha
desplegado con éxito una estrategia encubridora de los acusados del atentado
contra la AMIA.
8. La ONU es el organismo,
del que son parte Argentina e Irán, apto, para adoptar el uso de la fuerza (a
través del Consejo de Seguridad) y hacer efectiva la captura de los imputados.
9. Esta facultad coercitiva
ya ha sido ejercida en situaciones análogas a la causa AMIA.
10. En tales casos (Nisman se
refiere a Libia y a Sudán), se aplicaron acciones coercitivas que tuvieron
éxito. Son “antecedentes que imponen el camino a adoptar”.
11. “Ello obliga a requerir
al Poder Ejecutivo Nacional, que intervenga inmediatamente, ante el Consejo de
Seguridad de la ONU, a fin de que en uso de sus facultades coercitivas, conmine
a la República Islámica de Irán, a que proceda a la detención, para su
sometimiento a juicio, de los imputados iraníes con pedido de captura en
autos.”
Sexto:
“En mérito de todo lo
expuesto corresponde:
“SOLICITAR AL PODER
EJECUTIVO NACIONAL que, por medio de los canales correspondientes, requiera
al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que active los mecanismos
compulsivos que a tal efecto le confiere el Capítulo VII de la Carta de las
Naciones Unidas y conmine a la República Islámica de Irán a que detenga con
fines de extradición y posterior enjuiciamiento a…” (Van los nombres
de los ocho iraníes sospechados de haber actuado en la voladura de la AMIA)
“A fin de que estas
actuaciones lleguen al Poder Ejecutivo Nacional” (…) “remítaselas mediante
oficio a la Sra. Procuradora General de la Nación, con copia certificada de los
antecedentes relacionados con todas y cada una de las actuaciones que
demuestran la manifiesta falta de colaboración por parte de la República
Islámica de Irán.” (pág. 56)
“Unidad Fiscal de
Investigación,” (Nisman deja un espacio) “de diciembre de 2014.”
Va
sello y firma: “ALBERTO NISMAN”
“FISCAL GENERAL”
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Luego viene una copia de las páginas 55 y 56 en las que cambia el
año: en lugar de 2014, va 2015, como se muestra a continuación:
“Unidad Fiscal de
Investigación,” (Nisman, deja un espacio) “de enero de 2015.”
Va
sello y firma: “ALBERTO NISMAN”
“FISCAL GENERAL”
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